Tras un recurso a la Audiencia

Condenada una agente de policía por apropiarse de 605 euros de una cartera

La sentencia se ha confirmado y la mujer deberá cumplir 22 meses de prisión, además de sufrir una pena de inhabilitación, por sustraer el dinero de un monedero perdido que se encontraba en las dependencias.

Cartera con poco dinero
Condenada una agente de policía por apropiarse de 605 euros de una cartera.
©[tapanakorn] a través de Canva.com

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 22 meses de prisión para una agente de la Policía Municipal de Pamplona que se apropió de los 605 euros de una cartera que una ciudadana había dejado a dependencias policiales tras haberla encontrado en la calle. En el texto, que aún puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN ratifica, asimismo, la pena de inhabilitación especial para empleo como policía durante el tiempo de la condena fijada por la Audiencia de Navarra el pasado julio.

En la determinación de la pena, a la encausada, le han aplicado el agravante de prevalimiento de carácter público, por su cargo de policía, han informado fuentes del TSJN. La sentencia de la Audiencia, que ahora ha sido confirmada, explica que la inculpada se encontraba el 10 de enero de 2021 en el despacho de policía administrativa, cuando el agente encargado del control de acceso peatonal a las dependencias le solicitó un relevo para poder ir al baño.

A esa misma hora, cuando la agente se encontraba sola, entró una mujer que el día anterior había encontrado debajo de un coche una cartera que contenía 605 euros en metálico, así como documentación y tarjetas de crédito. Esta mujer, tras relatar cómo había encontrado la cartera, salió de la sede policial. La sentencia consideró que la misma agente “se apoderó para sí de la cartera” en lugar de haberla depositado en el llamado ‘buzón de objetos perdidos’.

La acusada no comunicó a su compañero el objeto recibido, ni identificó a la mujer que lo entregó, ni hizo relación ni descripción del objeto depositado. Tampoco rellenó los campos del documento existente al efecto, ni entregó copia del mismo a la ciudadana, ni realizó un informe interno en donde se detalla su actuación, tras lo cual se debe entregar el objeto al Jefe de Turno.

La propietaria fue localizada el 11 de enero por la mujer que había encontrado la cartera, quien le comunicó que la había entregado el día anterior en las dependencias de la Policía Municipal. Cuando la dueña acudió a recogerla, le informaron de que “no existía constancia de la entrega de la misma”. El Ayuntamiento de Pamplona restituyó a la mujer los 605 euros.

En su recurso, la defensa impugnó la sentencia de la Audiencia por quebrantamiento de las normas y garantías procesales al haberse consignado en los hechos probados conceptos jurídicos que predeterminan el fallo, pero el TSJN ha confirmado la pena.

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