Almería, 22 mar.- La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cinco años y un mes de prisión a un joven de 23 años acusado de agredir en la calle a su exnovia y retenerla posteriormente durante 20 minutos en el maletero de un coche en el municipio de La Mojonera (Almería).
La sentencia de la Sección Tercera, a la que ha tenido acceso Efe, considera probado que, sobre las 20.00 horas del 20 de mayo de 2012, el acusado, A.B., se acercó a su expareja cuando se encontraba en la avenida de Europa de La Mojonera.
Entonces, comenzó a insultarla y a golpearla, la tiró al suelo y a continuación la metió en el maletero de un coche, donde la retuvo durante veinte minutos.
La Guardia Civil fue la que liberó a la mujer del maletero, "en estado de shock, temblando y con la mirada perdida, con evidentes signos de haber sido agredida", según informó en su día a través de un comunicado la Comandancia de Almería.
La actuación del Instituto Armado fue posible gracias a varios testigos, y culminó con la detención de A.B., así como de D.T., por aquel entonces el compañero sentimental de la víctima que observó el ataque "sin hacer nada para evitarlo, agrediéndola también y recriminándole que le había engañado".
En la casi media hora en la que aproximadamente ocurrieron los hechos, antes de ser localizados por la Guardia Civil, tanto A. B. como D.T. -que no ha sido procesado en esta causa-, realizaron distintos movimientos en la población y sus alrededores.
El Ministerio Público había interesado para A.B. diez meses de prisión por un delito de malos tratos, cinco años más por el de detención ilegal, prohibición para aproximarse a menos de 1.000 metros a la víctima durante siete años, y una indemnización de 180 euros para ésta.
Finalmente, los magistrados de la Audiencia Provincial han condenado al joven a siete meses de prisión por un delito de malos tratos con la atenuante de reparación del daño, y a cuatro años y seis meses por un delito de secuestro con la atenuante de arrepentimiento y la agravante de parentesco.
Asimismo, el condenado deberá permanecer a una distancia no inferior a la víctima de 1.000 metros durante siete años y diez meses, y no podrá portar o tener armas durante un año y diez meses.
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