Condenado el abogado de presos de ETA que acusó a Ares de ordenar torturas

  • La juez ha condenado a una multa e indemnización al abogado de presos de ETA Alfonso Zenon por un delito de calumnias con publicidad cometido contra el exconsejero socialista de Interior Rodolfo Ares, a quien acusó de haber ordenado que la Ertzaintza torturara a los detenidos en una operación en Ondarroa.

Bilbao, 25 mar.- La juez ha condenado a una multa e indemnización al abogado de presos de ETA Alfonso Zenon por un delito de calumnias con publicidad cometido contra el exconsejero socialista de Interior Rodolfo Ares, a quien acusó de haber ordenado que la Ertzaintza torturara a los detenidos en una operación en Ondarroa.

La sentencia de la magistrada-juez titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Bilbao, María Jesús Gómez, considera que los hechos juzgados entran de lleno en el artículo 205 del Código Penal, que describe la calumnia como "la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad".

Por ello, ha condenado a Alfonso Zenon a una pena de 18 meses de multa con una cuota de 12 euros diarios, al pago de las costas del proceso y a abonar al denunciante la cantidad de 5.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

Ares ha anunciado que donará esta cantidad a una ONG cuando se confirme su abono.

Los hechos ocurrieron el 8 de febrero de 2010 en una rueda de prensa celebrada en Bilbao por el abogado defensor de presos de ETA Alfonso Zenon, pocos días después de que tuviera lugar en Ondarroa la detención por la policía vasca de varias personas acusadas, entre otras acciones, del atentado cometido por ETA contra la comisaría de la Ertzaintza en la localidad vizcaína.

En dicha comparecencia, acompañado de otros letrados y familiares de los detenidos, el abogado ahora condenado afirmó que "la nueva División (Antiterrorista) de la Ertzaintza tortura bajo las órdenes de Ares".

Estas afirmaciones llevaron al entonces consejero de Interior a presentar una querella criminal por calumnias contra el letrado, que fue admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción número 3 de Bilbao.

Aunque los detenidos presentaron denuncias por malos tratos, estas fueron archivadas por los tribunales, sin que Zenon rectificara sus manifestaciones.

Tampoco lo hizo en el juicio oral, celebrado el pasado 5 de febrero.

En la sentencia, la magistrada rechaza las alegaciones planteadas por Alfonso Zenon y establece que el derecho a la libertad de expresión y a la crítica de cargos públicos "no ampara la atribución de concretos hechos delictivos a persona específica, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad, como sucede en el caso presente".

Aunque ha condenado al abogado, que puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Bizkaia, la jueza se ha limitado a imponerle una sanción económica, mientras que el fiscal y la acusación particular pedían año y medio de prisión y la inhabilitación para Zenon para ejercer como abogado.

En la sentencia, la jueza no considera justificada la prisión y "sí la multa, de menor gravedad y más acorde a los hechos enjuiciados". La defensa pedía la absolución.

Tras conocer la sentencia, el exconsejero de Interior ha expresado su satisfacción por que la Justicia haya "ratificado la falsedad y falta de fundamento de las imputaciones que se hicieron contra la Ertzaintza y mi persona".

"Presenté la denuncia porque no podía tolerar que se intentara ensuciar impunemente la imagen y el buen hacer de nuestra Policía, acusándole con falsedad de torturar a personas detenidas", ha añadido.

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