Dos empleados de un banco de Palencia han sido condenados por el Tribunal Supremo a un año de prisiónpor no compartir con una limpiadora de la entidad bancaria un cupón premiado de la ONCE. El boleto de la mujer fue premiado con 100.000 euros cuando ella se encontraba de vacaciones. Los condenados tendrán que pagar una indemnización de 33.333 euros, la tercera parte del premio. Ambos trabajadores, junto con la limpiadora, compraban un cupón todos los viernes en el sorteo del “cuponazo”. Cada uno pagaba un euro de los tres que cuesta y si alguno estaba de vacaciones, el otro pagaba el importe y el ausente lo pagaba al regresar. Todos pactaron que si algún día ganaban, el premio sería repartido en tres partes iguales. Pero resultó no ser así. El 7 de septiembre de 2012, una semana después de que la limpiadora empezase sus vacaciones, el boleto que habían comprado salió premiado con 100.000 euros. La cantidad fue cobrada por los empleados que además ocultaron que había resultado ganador. La limpiadora, cuando se enteró de lo sucedido, reclamó su parte. Sin embargo, los trabajadores se negaron a darle su cantidad.
La sentencia del Supremo destaca que se trata de un pacto verbal con datos suficientes para concluir la obligación de los acusados de repartir el premio. La conducta de no repartirlo con una de las personas que participaban en la compra conjunta del mismo es constitutiva del delito de apropiación indebida.
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