Condenan a españa a indemnizar a una saharaui a la que se retiró la tutela de su hija


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a indemnizar con 30.000 euros a Knana Saleck Bardi, la madre de una niña saharaui que fue enviada a Murcia para pasar el verano y que no volvió a los campos de refugiados de Tinduf (Argelia) porque su tutela judicial fue otorgada a la familia española de acogida.

Los magistrados de la Sección Tercera del TEDH, presididos por el andorrano Josep Csadevall, han concluido que España vulneró el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que reconoce el derecho a la vida privada y familiar. Este artículo establece que “no puede haber injerencia de una autoridad pública en el ejercicio de este derecho”.
La niña saharaui, que ahora tiene 16 años, vivía en los campamentos de refugiados de Tindouf (Argelia) y realizó un viaje de dos meses a España en el verano de 2002 en el marco del programa de vacaciones, aunque su estancia se prolongó durante más tiempo porque sufría una insuficiencia hepática.
En marzo de 2004 la madre solicitó su regreso y dos meses después el Gobierno de Murcia asumió su tutela tras considerar que la pequeña se encontraba “en situación de abandono". Está decisión fue avalada en septiembre de 2005 por el Juzgado de Primera Instancia de Murcia, que otorgó provisionalmente la custodia a la familia de acogida.
VIOLACIÓN DE DERECHOS
“El Tribunal concluye que las autoridades española no han realizado esfuerzos adecuados y suficientes para hacer respetar el derecho de la recurrente al regreso de su hija, vulnerando así el derecho al respeto de su vida familiar garantizado por el artículo 8”, señala la sentencia dictada este martes.
El tribunal con sede en Estrasburgo (Francia) condena por lo tanto a España a indemnizar con 30.000 euros a la madre de la niña saharaui por los “daños morales” causados.
La sentencia recuerda que, en los asuntos relativos la vida familiar, “la ruptura del contacto con un niño muy pequeño pueden conducir a la alteración de su relación con sus padres”.
Aun así, los magistrados no consideran que la justicia española actuara con mala fe al otorgar la tutela judicial de la niña a la familia de acogida de Murcia y destacan que la propia niña se negó a volver con su madre.

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