La Fiscalía afea a Alemania su protección a Puigdemont: "La confianza se quiebra"

  • Advierte que la valoración que hizo el tribunal de Scheleswig-Holstein al no entregar a Puigdemont por rebelión "excedió con creces" su competencia. 
La Fiscalía de Schleswig-Holstein pidela extradición de Puigdemont
La Fiscalía de Schleswig-Holstein pidela extradición de Puigdemont
EFE

La Fiscalía General del Estado no olvida el varapalo que se llevó el Tribunal Supremo ante la negativa de Alemania a entregar al expresidente catalán Carles Puigdemont por delito de rebelión. Por ello, ha advertido que la confianza de cooperación con los estados europeos se puede quebrar si se dan situaciones como la que se produjo en plena crisis por la deriva soberanista en Cataluña y que permitió al entonces líder del PDeCAT esquivar el banquillo de los acusados. 

La Memoria Anual del Ministerio Público recuerda los hechos que tuvieron lugar durante el arranque de la instrucción de la causa del 'procés' en el alto tribunal aunque hace especial hincapié en la tramitación de las órdenes europeas e internacionales de detención que se dictaron contra Puigdemont. Al respecto, concluye que el tribunal de Scheleswig-Holstein con su decisión de no entregar a Puigdemont por rebelión "excedió con creces" la competencia otorgada ya que para ello entró a valorar el contenido de la OEDE dictada por el magistrado instructor de la causa, Pablo Llarena. 

"La sensación ha sido agridulce porque la sintonía mostrada con las Fiscalías de otros países miembro de la UE no se ha visto reflejada en las decisiones adoptadas por determinados órganos judiciales", reza la Fiscalía, la cual advierte de que la normativa sobre cooperación internacional descansa en el principio de confianza mutua y que éste se puede romper cuando no se respetan los ámbitos de competencia de cada nación.

Sistema de OEDEs deficiente

Ello lleva a la Fiscalía a concluir que el sistema de OEDEs se ha mostrado "deficiente" en muchos casos anteriores a la petición de entrega de Puigdemont, si bien este episodio supone "uno de los ejemplos más susceptibles de esta valoración". Cabe recordar que las primeras órdenes de entrega contra Puigdemont y los exconsellers Clara Ponsatí, Luis Puig, Meritxell Serret y Antoni Comín,fueron dictadas por la entonces magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, en el marco de la investigación inicial de estos hechos y tras la huida de todos ellos a Bélgica, Escocia y Reino Unido. 

Sin embargo, tras asumir la causa el Tribunal Supremo, el magistrado Llarena decidió retirar la orden de entrega internacional acordada a finales de 2017 aunque la reactivó poco tiempo después, en marzo de 2018. Lo hizo tras dictar auto de procesamiento en la causa abierta por la celebración de la consulta prohibida del 1-O y la posterior declaración unilateral de independencia (DUI) de Cataluña. La Fiscalía asegura que se actuó de esa forma para concretar la calificación jurídica, la cual era más grave una vez terminada la investigación de la causa contra los líderes independentistas. 

La respuesta del tribunal alemán Schleswig-Holstein acerca de que entregaría a Puigdemont únicamente por el delito de malversación de caudales públicos provocó una enérgica reacción tanto del magistrado de la Sala de lo Penal como de la Fiscalía, que ahora recuerda a la Justicia alemana que con la valoración de los motivos que llevaron a pedir la entrega de Puigdemont, se excedió en su competencia. "El tribunal alemán entró en un verdadero enjuiciamiento del fondo de la cuestión", concluye.

Por todo ello solicitan la mejora de una serie de aspectos relacionados con este asunto que facilitarían y mucho el trámite de entrega de ciudadanos españoles cuando son reclamados por la Justicia. Proponen, pues, solventar las "enormes carencias detectadas en las traducciones realizadas" así como la no valoración de los razonamientos jurídicos que se esgrimen al hacerse efectiva la entrega de ciudadanos huidos. 

Hubo violencia y rebelión

La presentación de esta Memoria se produce en un momento crucial en lo que respecta a la deriva independentista en tanto los magistrados del Tribunal Supremo que enjuiciaron los hechos trabajan ya en la redacción de una sentencia que se espera conocer a principios de octubre y que dictaminará si los acusados del 'procés' cometieron delito de rebelión, como le atribuye la Fiscalía, o más bien los hechos acaecidos en Cataluña son constitutivos de un tipo penal de menor gravedad. Al respecto, la Memoria determina que una "mera lectura" de los acontecimientos acaecidos ponen de relieve la "extraordinaria gravedad de lo sucedido".

"El proyecto contemplaba la utilización de todos los medios precisos para alcanzar el fin pretendido, incluyendo la violencia necesaria para doblegar al Estado mediante la promoción de la actuación tumultuaria de la movilización ciudadana y el uso de su propio cuerpo policial armado, los Mossos d´Esquadra", concluye la Fiscalía, la cual recuerda que, "desde el más escrupuloso respeto al principio de presunción de inocencia", los hechos que ha juzgado el Tribunal Supremo en un procedimiento sin precedentes en la democracia española son constitutivos de delito de rebelión, sedición, desobediencia y malversación de caudales públicos.

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