Confirman el cálculo de internamiento de "el Cuco, en prisión hasta 2013

  • La Audiencia de Sevilla ha confirmado el cómputo hecho por el juez de Menores respecto al internamiento del joven apodado "el Cuco", condenado a dos años y once meses de reclusión por encubrir el crimen de Marta del Castillo, por lo que quedará definitivamente libre en marzo de 2013.

Sevilla, 16 abr.- La Audiencia de Sevilla ha confirmado el cómputo hecho por el juez de Menores respecto al internamiento del joven apodado "el Cuco", condenado a dos años y once meses de reclusión por encubrir el crimen de Marta del Castillo, por lo que quedará definitivamente libre en marzo de 2013.

La Sección Tercera de la Audiencia, en un auto al que ha tenido acceso Efe, confirma el cálculo hecho por el juez de Menores 3 a la hora de valorar el tiempo que "el Cuco" pasó en un piso tutelado de Cádiz y la orden de alejamiento de Sevilla, lo que significará que el joven estará internado en un centro de menores hasta el 8 de marzo de 2013.

La Fiscalía y los padres de Marta recurrieron para ampliar seis meses el internamiento alegando el "dolor añadido" que el menor causó al no ayudar a esclarecer el crimen, pero la Audiencia responde que "las circunstancias de gravedad del hecho, el daño a la víctima, la ausencia de arrepentimiento o no asumir el hecho" no son cuestiones "que deban interferir en la compensación".

"El Cuco" fue absuelto de la violación y asesinato de Marta, ocurrida en enero de 2009, y condenado por encubrir esos delitos cometidos por su amigo mayor de edad Miguel Carcaño, que finalmente fue condenado a veinte años de cárcel por asesinato y absuelto de la agresión sexual.

El chico, que tenía 15 años cuando desapareció Marta, pasó nueve meses en un centro de menores, el máximo previsto por la ley, y posteriormente estuvo residiendo en un piso tutelado de Cádiz con prohibición de acercarse a menos de 50 kilómetros de Sevilla, donde viven los padres de la víctima.

El juez de Menores acordó computar el año y siete meses que "el Cuco" pasó en el piso tutelado a razón de un día de internamiento en centro de menores por cada tres de cumplimiento de dicha medida.

Además, contabilizó como un día de internamiento en centro cerrado cada seis días con prohibición de acercarse a Sevilla.

La Audiencia dice que el juez de Menores tuvo en cuenta el informe del fiscal, de la acusación particular y de los técnicos, y tras un "razonamiento que no puede ser considerado ilógico o arbitrario" fijó la compensación "con criterios que compartimos".

Además, recoge que al juez de Menores "no le consta" que se haya utilizado la equivalencia que ahora propone el fiscal con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley Penal del Menor, "hace ahora 11 años".

Incluso en una ocasión el juzgado de Menores 1 de Sevilla, en un auto consentido por la Fiscalía, acordó la compensación ahora aplicada pese a tratarse "de un delito de homicidio, que no encubrimiento como es el caso presente".

La Audiencia dice que "desde luego" no considera que la convivencia en piso tutelado, en cuanto a gravedad, "pueda ser catalogada por debajo de la medida de libertad vigilada", pues "el Cuco" se vio obligado a "convivir durante el periodo establecido con una persona, familia distinta a la suya o con un grupo fuera de su domicilio" y "abandonó familia, domicilio y entorno social".

La compensación por la medida de alejamiento de Sevilla también le parece a la Audiencia "justificada y proporcionada" porque supuso la obligación de convivir en un centro situado a más de 100 kilómetros de su domicilio "y ello comporta limitación sensible de que en los permisos pueda volver a su ciudad y su entorno, con limitación de sus derechos".

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