Puigdemont prepara el 1-O con un censo sin definir y un recuento tercermundista

  • Las normas complementarias no detallan el origen del censo y se limitan a afirmar que se utilizará el que "se haya cerrado el día 30 de marzo de 2017".

    Existe una gran polémica sobre cómo se hará el recuento de votos. Igual que en el 9-N, este correrá, en principio, a cargo de los voluntarios y sin garantías.

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El 1-O, una consulta ilegal llena de incógnitas y sin garantías democráticas
El 1-O, una consulta ilegal llena de incógnitas y sin garantías democráticas
L.I.

A pesar de que el Tribunal Constitucional ha suspendido de urgencia la ley del referéndum, los soberanistas parecen no querer echarse atrás en su órdago secesionistaEl Govern asegura tener todo preparado ya para la consulta del 1 de octubre, tras regular los detalles técnicos en una norma complementaria. Sin embargo, este decreto, ya ilegalizado, deja en el aire aspectos esenciales, como el recuento o el censo, que son, precisamente, los que dotan de garantías democráticas cualquier consulta.

El primero de los problemas es que estas leyes no detallan el origen del censo y se limitan a afirmar que se utilizará el que "se haya cerrado el día 30 de marzo de 2017". Así, se mantiene la incógnita de dónde saldrán los datos de los votantes: la Generalitat siempre ha considerado que no hay problema con este tema, mientras que el Estado considera que el censo es su competencia exclusiva y no puede utilizarlo el Govern sin su permiso.

El mismo decreto establece que el censo electoral es competencia de la administración electoral del Govern de la Generalitat de Catalunya bajo la supervisión de la Sindicatura Electoral de Catalunya y se confecciona de acuerdo con lo que establece la ley que se ha aprobado en el Parlament este miércoles.

Hay otra opción. La Generalitat podría estar barajando la opción de tirar del censo sanitario como herramienta electoral para disponer de los datos de los ciudadanos, según destacaba hace unos días la Cadena Cope. Según CSIF , esta idea "tendría un recorrido muy corto y muy tonto, en el censo sanitario no están los funcionarios porque tienen mutua de funcionarios y habría inmigrantes sin papeles que tienen la tarjeta sanitaria".

En cuanto a los catalanes en el exterior votarán a través del correo postal pero sin la mediación de Correos, ya que el voto será enviado a una dirección que se les adjunta en las instrucciones; esta dirección será algunas de las delegaciones de la Generalitat en el exterior, que serán las encargadas de custodiar el voto.

El decreto establece que solo podrán votar los catalanes en el exterior que ya se hayan registrado en el censo que ha habilitado la Generalitat --5.000 de los 250.000 que viven en el exterior--, y que en siete días como máximo recibirán la documentación para pedir el voto.Recuento con voluntarios

Por otro lado, existe una gran polémica sobre cómo se hará el recuento de votos. Igual que en el 9-N, este correrá a cargo de los voluntarios.

La ley consta de un apartado específico sobre Personal colaborador de la administración electoral, y destaca que aquellas personas que quieran participar en la organización del 1-O deberán inscribirse en una bolsa de colaboradores gestionada por el Govern: los funcionarios que se apunten serán simplemente voluntarios, con "independencia de sus funciones y sin ninguna vinculación con su relación funcional".

Habrá cuatro tipos de voluntarios: representantes de la Administración --deberán estar en los colegios durante la jornada de votación--, coordinadores electores municipales --supervisarán el operativo electoral en los municipios--, coordinadores electorales comarcales --supervisarán a los coordinadores municipales en cada comarca-- y agentes electorales --con tareas de apoyo administrativo y logístico--.

Todos ellos estarán supervisados por la Sindicatura Electoral de Catalunya, que será el árbitro del referéndum y tendrá funciones similares a las de la Junta Electoral Central: la formarán 5 juristas y politólogos independientes nombrados por el Parlament que se encargarán del escrutinio y certificarán los resultados de la votación.

Otro de los aspectos que regulan las normas complementarias es el de las mesas electorales. Esta información no se hará pública como mínimo hasta diez días antes de la consulta.

La ley señala, además, que el Govern determinará ‘el número, los límites de secciones electorales, las sedes locales y las mesas’ en que deberán votar los ciudadanos. Sin embargo, no prevé qué pasaría si los colegios electorales se negaran a abrir sus puertas. Es más, el 60% del censo de Cataluña sigue sin saber si su municipio facilitará la votación del 1-O.

El decreto tampoco precisa el material del que estarán hechas las urnas y se limita a afirmar que serán de 'un material resistente con una tapa que incluirá una ranura en el centro por donde se introducirán los votos'.

Por último, la norma también faculta al Govern a 'llevar a cabo la aprobación del gasto y las actuaciones administrativas necesarias para hacer efectiva la celebración del referéndum', incluyendo la aportación de los recursos humanos, materiales y tecnológicos de los que disponga.

Los gastos del referéndum también son un tema polémico: el Govern los incluyó en los Presupuestos de 2017 y el Tribunal Constitucional le advirtió de que no podría dedicar dinero a la votación.

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