La Ley lleva aprobada desde 2011

El caos en los datos aflora años de desidia y 5 ministros para reformar el Registro

Dolores Delgado
Dolores Delgado
José González

Las dificultades que tiene el Ministerio de Justicia para conocer cada día los datos de defunciones que se notifican a los registros civiles y que ha sacado a la luz la pandemia del coronavirus no son un problema nuevo para estos organismos. Todo estaba previsto en la Ley del Registro Civil, aprobada y publicada hace casi nueve años (en julio de 2011) y que ha pasado por varios gobiernos de PSOE y del PP sin entrar en vigor por la falta de la plataforma informática que conlleva el cambio previsto en su estructura, que nunca se ha llegado a licitar.

La aplicación Inforeg que ahora se utiliza es una aplicación básica, a modo de base de datos, que no tiene capacidad para “garantizar la posibilidad de intercambiar información con otros sistemas de información, de forma puntual o periódica tanto para publicación como para consumo de datos, según el caso, con los sistemas necesarios de otros organismos, corporaciones o entidades”, que es lo que el nuevo modelo de Registro Civil exige, tal y como consta en los documentos que en su día se elaboraron en el Ministerio para analizar este problema.

La Ley La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil debería entrar en vigor dentro de tres meses, a no ser que se apruebe un decreto similar al que habido en los últimos nueve años que la deje de nuevo en situación de ‘vacatio legis’, es decir, aprobada y publicada pero sin entrar en vigor. La lanzó Francisco Caamaño en el segundo gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, y ha pasado por las manos de Alberto Ruiz Gallardón, Rafael Catalá y Dolores Delgado en todos estos añossin que ninguno de ellos haya podido ponerla en marcha, por falta de medios, de presupuesto u otro tipo de complicaciones. Fuentes cercanas a los registros advierten que ha sido ahora, ante una tragedia como la de los muertos del coronavirus, “cuando en el Ministerio se ha dado cuenta de que el Registro Civil lleva años pendiente de ser renovado para convertirse en el servicio público que debe ser, y no en un lío burocrático arcaico, regido por una norma franquista del año 1957”.

Mientras el nuevo modelo de Registro duerme el sueño de los justos a la espera de una oportunidad para ser aprobado, estos organismos repartidos por toda España tienen que informar por correo electrónico a la nueva Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de los muertos que cada día se certifican, tanto los que se producen en hospitales como los que se generan en domicilios particulares, la calle o las residencias de ancianos. El problema es que esos datos, lógicamente, no coinciden con los que maneja Sanidad para analizar la crisis, que proceden de las consejerías autonómicas de esa área y se basan en fuentes sanitarias.

Tal y como se ha descubierto en Castilla-La Mancha, la diferencia de datos entre un modelo y otro puede ser del doble, si bien en la mayor parte de los casos anotados en los registros (que suelen ser más) no se puede confirmar por parte de los forenses que la muerte haya sido por coronavirus, aunque se haga constar en el certificado de defunción que esa ha sido una de las “posibles” o “supuestas” causas del deceso. Hay que tener en cuenta que, solo en Comunidad de Madrid, se estima que ha habido más de 2.300 muertos por el virus en residencias de ancianos que, a estas alturas, no se puede saber a ciencia cierta si están contabilizados en los datos de Sanidad.

Requisitos tecnológicos definidos

El nuevo Registro Civil se pensó en 2011 con la finalidad de facilitar todos los trámites a la población y que nadie tuviera que ir presencialmente a cumplir con ese tipo de obligaciones. Para ello, la norma suprime el tradicional sistema de división en Secciones -nacimientos, matrimonios, defunciones, tutelas y representaciones legales- todos ellos inscritos en libros y por territorios, y postula registro individual para cada persona a la que desde la primera inscripción que se practique se le asigna un código personal.

Ese gran salto conceptual, que ahora habría facilitado el macabro recuento de muertos por la pandemia, exige la creación de una plataforma tecnológica que permita una gestión y mantenimiento centralizado y, a su vez, el acceso distribuido a los posibles interesados. Los documentos de análisis que se han ido acumulando en el Ministerio de Justicia sobre este problema llegan incluso a describir los requerimientos tecnológicos e informáticos necesarios, tales como “considerar la diversidad de usuarios, roles y organismos que harán uso del nuevo sistema” y sus necesidades específicas; “garantizar la prestación de una serie de características (rendimiento, escalabilidad, alta tolerancia a fallos, accesibilidad, concurrencia, diversidad de usuarios, estabilidad, disponibilidad, etc.) que aseguren un satisfactorio funcionamiento del mismo”; y hasta “estar interconectado gracias a un sistema de comunicaciones robusto, seguro, confiable y extenso que garantice la capilaridad necesaria para su adecuado funcionamiento”.

Alberto Ruiz Gallardón fue el ministro que estuvo más cerca de realizar el cambio de modelo mediante una reforma hecha en 2014, en la que plantaba que fueran los Registradores de la Propiedad y Mercantiles quienes se encargaran de ello a partir de la creación de una corporación de derecho público, algo que recibió un gran rechazo y tuvo que retirarse. A partir de ahí, la etapa de Catalá fue la que volvió a tratar el problema, con a creación de una comisión de estudio, que llegó a hacer el cálculo de las “decenas de millones de euros” que costaría la implantación del modelo y su mantenimiento, si bien nunca se llego a licitar el contrato y las estimaciones que se recibieron superaban con creces la disponibilidad de fondos de un Ministerio que arrastra desde años serios problemas de dotación presupuestaria.

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