La Corte consideró que el Estado peruano violó los derechos a la libertad personal, la integridad y la vida de estas personas, que fueron secuestradas el 4 de julio de 1991, en el marco de un operativo contrainsurgente del Ejército.
Dentro del grupo de secuestrados, pertenecientes en su mayoría a dos familias, se hallaban siete niñas y niños de entre ocho meses y seis años de edad y una mujer embarazada, estableció el tribunal en su sentencia.
Los magistrados determinaron que las 15 víctimas "permanecieron durante custodia estatal durante algunos días, tras lo cual fueron llevadas a una mina abandonada llamada "Misteriosa" o "Vallarón".
"En dicho lugar, fueron introducidos al interior del socavón y acribillados con fusiles por los efectivos militares y casi de inmediato fueron inmolados sus cuerpos mediante la detonación de cargas de dinamita, provocando su fraccionamiento", señaló la Corte en un comunicado de prensa.
Tales actos tuvieron el objetivo de eliminar las evidencias de lo sucedido y borrar todo rastro de los cuerpos para evitar su identificación, agregó.
El tribunal estableció además que el Estado peruano no fue diligente desde el principio en la investigación de estos hechos, lo cual ocasionó que se perdieran evidencias.
El Estado peruano "obstaculizó la debida investigación del caso en al menos seis formas distintas, a saber, a través de la negativa de proporcionar información sobre los operativos que realizaron sus bases militares, la destrucción de evidencias, el encubrimiento de las edades de las niñas y niños desaparecidos, la injerencia de la jurisdicción militar y la aplicación de la Ley de Amnistía No. 26.479 que derivó en el archivo del caso".
Las víctimas han sido identificadas como el matrimonio formado por Francisco Hilario y Dionicia Quispe y sus hijas Antonia y Magdalena y su nuera Mercedes Carhuapoma.
También los esposos Ramón Hilario y Dionicia Guillén, Elihoref Huamaní y los niños Yessenia, Miriam y Edith Osnayo Hilario, Wilmer Hilario Carhuapoma, Alex Hilario y los hermanos Raúl y Héctor Hilario Guillén.
La Corte ordenó a Perú realizar las investigaciones para identificar y sancionar a los responsables de los crímenes, iniciar las acciones para exhumar e identificar a las víctimas, así como pagar indemnizaciones monetarias a los familiares de las víctimas, entre otras reparaciones.
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