CorteIDH notifica la condena a Venezuela por detención de Raúl Díaz

  • La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), con sede en San José, anunció hoy que declaró al Estado venezolano culpable de la violación del derecho a la integridad física, y por tratos inhumanos y degradantes el caso de la detención de Raúl Díaz Peña en 2004.

San José, 20 jul.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), con sede en San José, anunció hoy que declaró al Estado venezolano culpable de la violación del derecho a la integridad física, y por tratos inhumanos y degradantes el caso de la detención de Raúl Díaz Peña en 2004.

Díaz, un opositor al Gobierno del presidente Hugo Chávez, es acusado en su país de participar en actos terroristas contra las sedes diplomáticas de Colombia y España.

Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la detención preventiva de Díaz Peña fue arbitraria, con una duración excesiva y sin un recurso eficaz de apelación.

El proceso, que finalmente derivó en una condena, tardó cinco años y no fue dirigido por jueces imparciales, sostuvo la parte demandante.

La Corte reconoció algunos de los argumentos presentados por Venezuela, como la falta de agotamiento de los recursos internos en lo que se refiere a la detención preventiva y la duración del proceso, sin embargo, sentenció al Estado por la violación del derecho a la integridad personal de Díaz debido a las condiciones de su reclusión y el deterioro de su salud.

Díaz Peña permaneció recluido de febrero de 2004 a mayo de 2010 en el Control de Aprehendidos, en Caracas, bajo "condiciones de detención sumamente deficientes, entre otros, por la falta de acceso a la luz y ventilación natural, y las salidas restringidas al aire libre, así como el encierro en las noches y con éste las restricciones de acceder al único baño disponible", señaló la CorteIDH en su sentencia.

"Asimismo, los servicios de asistencia médica durante su detención no se prestaron de manera oportuna, adecuada y completa, contribuyendo al deterioro progresivo de su salud (...) las condiciones de detención de Díaz no cumplieron los requisitos materiales mínimos de un tratamiento digno", añade el texto.

El Tribunal ordenó a Venezuela que publique la sentencia y que "adopte las medidas necesarias para que las condiciones de detención en el Control de Aprehendidos, actualmente Servicio Bolivariano de Inteligencia (SEBIN), se adecúen a los estándares internacionales relativos a esta materia".

Además, el Estado deberá pagar "determinadas sumas por concepto de indemnización por daño material e inmaterial" a Díaz, quien vive fuera del país pues asegura que teme por su vida.

Díaz ha sostenido siempre que nunca participó en los atentados, aunque reconoció que a finales de 2002 comenzó a asistir a protestas contra el Gobierno de Chávez.

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