Última prórroga

Cuándo termina el estado de alarma: ¿qué pasará después con la movilidad?

Este martes, el consejo de ministros aprueba el decreto con las medidas que entrarán en vigor a partir de la Fase 3. 

Un hombre ataviado con una mascarilla pasa por delante de una terraza recogida de un bar, este miércoles en el centro de Valladolid durante el cuadragésimo sexto día de confinamiento tras decretarse el estado de alarma debido a la pandemia del coronavirus
Cuándo termina el estado de alarma: ¿qué pasará después?
 

El pasado 14 de marzo, el BOE publicó el primer real decreto del estado de alarma motivado por la pandemia del coronavirus. Casi tres meses después, el sábado, día 6 de junio, vio la luz el escrito que suponía la última prórroga. 

En otra palabras: el estado de alarma durará hasta las 00:00 horas del 21 de junio de 2020. Estas dos últimas semanas están sometidas a las mismas condiciones establecidas en ese primera real decreto 463/2020. Si bien, la situación ahora es bien diferente, pues más de la mitad de España se encuentra en la Fase 3 del plan de desescalada, lo que supone importantes medidas de alivio del confinamiento. 

Qué viene después 

A partir de ese 21 de junio, entrará lo que el Gobierno ha denominado la nueva normalidad. ¿Qué supone esto? Para ello, se aprobará este martes en consejo de ministro un nuevo decreto ley que recopilará esas medidas que entrarán en vigor a partir de la Fase 3. 

Entonces, ¿a partir del 21 de junio se acaban las fases? 

Ciertamente no. Por poner un ejemplo, si continúa la 'regla de las dos semanas' para cada fase, la Comunidad de Madrid -al haber entrado en la Fase 2 el lunes 8 de junio- empezaría en la Fase 3 el próximo lunes, 22 de junio. Es decir, cuando ya no haya estado de alarma. 

Por tanto, a partir del 21, serán los gobiernos autonómicos lo que gestionen lo que queda de desescalada (recordemos, pues, que el estado de alarma estaba sujetado al mando único del Ejecutivo). Por tanto, en el caso de, por ejemplo, Madrid, será el Gobierno de Ayuso quien decidirá cuándo pasan a la 'nueva normalidad'. 

¿Esto implica la libertad de movimiento entre comunidades? 

En cierto modo sí, las restricciones de movimiento estaban sujetas al estado de alarma. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya aseguró a finales de mayo, antes de aprobar la última prórroga, que la libertad de movimiento entre provincias volvería a partir del 21 de junio. 

Esto supondría que Madrid, Barcelona y Castilla y León podrían adelantar dos semanas sus restricciones, aunque, como decimos, quedará en manos de las comunidades. Lo que es seguro es que a partir del 1 julio debería "ser posible la movilidad en todos los rincones". 

¿Qué dice la Ley de la nueva normalidad? 

Según el borrador al que tuvo acceso la agencia Efe, se regula la obligación del uso de mascarillas para personas de 6 años en adelante "en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento" de una distancia física de seguridad de entre metro y medio y dos metros.

Será obligatoria también en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. 

"Enfermedad de declaración obligatoria urgente"

La Covid-19 es una enfermedad producida por la infección por el virus SARS-CoV-2, es una enfermedad de declaración obligatoria urgente según este borrador.

Esto supone que habrá que "facilitar a la autoridad de salud pública competente todos los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica" del virus que se requieran, "en el formato adecuado y en el tiempo oportuno, incluidos, en su caso, los datos necesarios para identificar a la persona".

La obligación afectará a todas las administraciones públicas y a todos los centros públicos o privados que dependan de ellas y su actividad "tenga implicaciones en la identificación, diagnóstico, seguimiento o manejo de los casos Covid-19", especialmente todos los servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, así como a los profesionales sanitarios que trabajan en ellos.

Los servicios de salud de las comunidades autónomas tendrán que garantizar, asimismo, en todos los niveles de la asistencia y, en especial, en la atención primaria, que "a todo caso sospechoso de COVID-19 se le realizará una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas".

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