Discapacidad. Feaps madrid exige la retirada de ofertas de empleo que discriminen por discapacidad intelectual


La Organización de Entidades a favor de personas con discapacidad intelectual de Madrid (Feaps Madrid) ha exigido al Servicio de Empleo de esta comunidad que retire, "de manera inmediata", una oferta de trabajo dirigida a personas con discapacidad, en la que de forma explícita se indica que han de abstenerse los ciudadanos con discapacidad intelectual.
Según informó este viernes Feaps Madrid en un comunicado, su denuncia surge a raíz de una oferta de trabajo difundida por la Oficina de Empleo de Leganés II para cubrir un puesto de ayudante de cajero durante tres meses y para el que se indica que ha de tenerse una discapacidad física del 33%. A continuación de este requerimiento, explica la entidad, se señala en mayúsculas "abstenerse psíquicos".
Ante este hecho, Feaps Madrid ha pedido a la Dirección General de Empleo que adopte "urgentemente" las medidas oportunas, no solo para retirar dicha oferta, sino para establecer mecanismos que eviten que organismos públicos o privados realicen ofertas de empleo que supongan una clara discriminación.
Recuerda el movimiento asociativo Feaps que esta oferta de empleo infringe los preceptos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España, que consagran los principios de no discriminación e igualdad de oportunidades.
Dicha convención, detalla, prohíbe en su artículo 27.1, apartado A, la discriminación por motivos de discapacidad con respecto a todas las cuestiones relativas a cualquier forma de empleo, incluidas las condiciones de selección, contratación y empleo.
Además, añade, el Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, establece de manera clara en su artículo 35.1, apartado 3, que existirá discriminación directa cuando una persona con discapacidad sea tratada de manera menos favorable que otra en situación análoga por motivo de su discapacidad.

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