Inés Arrimadas, el derecho al insulto y el discurso del odio azotan las redes sociales

  • Para Carolina Pina, socia de Garrigues, es necesario definir la línea que separa la libertad de opinión, pese a que ciertos comentarios puedan molestar, del derecho al honor.

    Según la Memoria de la Fiscalía, los expedientes relacionados con crímenes de odio cometidos haciendo uso de Internet han pasado de los 40 registrados en 2015 a los 99 en 2016.

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Inés Arrimadas, el derecho al insulto y el discurso del odio azotan las redes sociales
Inés Arrimadas, el derecho al insulto y el discurso del odio azotan las redes sociales

El caso de Rosa María Miras, despedida por desear en Facebook a Inés Arrimadas que la violasen en grupo, es el último ejemplo de uno de los lados más oscuros de las redes sociales. El crecimiento imparable 

de estas plataformas ha provocado que muchos usuarios hayan encontrado en el anonimato que ofrecen una oportunidad perfecta para humillar y vejar. La falta de protocolos que regulen el comportamiento en Internet y la frágil barrera que separa la libertad de expresión y el derecho al honor provoca, en muchas ocasiones, que las humillaciones y los insultos campen a sus anchas mientras la víctima, vulnerable e impotente, siente que poco puede hacer para defenderse.

Para Carolina Pina, socia del departamento de Propiedad Industrial e Intelectual de Garrigues, hay que delimitar bien qué tipo de comentarios, incluso aunque molesten al destinatario, están amparados por la libertad de expresión. "Como ha reiterado el Tribunal Constitucional, la libertad de expresión no es sólo la manifestación de pensamientos e ideas, sino que comprende la crítica de la conducta de otro, aun cuando sea desabrida y pueda inquietar o disgustar a aquél contra quien se dirige, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe sociedad democrática", defiende.

No obstante, Pina explica que el derecho al honor debe prevalecer sobre la libertad de expresión cuando se emplean frases y expresiones ultrajantes u ofensivas, "sin relación con las ideas u opiniones que se expongan, y por tanto, innecesarias a este propósito, dado que la Constitución Española no reconoce un pretendido derecho al insulto".

También para David Bravo, abogado especialista en propiedad intelectual y derecho informático, es importante distinguir entre "expresiones que son morales reprobables" y aquellas que son delictivas, algo que no siempre coincide. Por ello, para Bravo las condenas que se están produciendo en España son, en ocasiones, injustificadas. "Condenas como la de César Strawberry o la de Cassandra, ambos sentenciados a un año de prisión por sus tuits ofensivos que fueron calificados como enaltecimiento del terrorismo, no es que no sean suficientes, sino que no deberían haberse producido. Estas condenas nos alejan de anteriores interpretaciones más expansivas de la libertad de expresión, por lo que estamos retrocediendo en derechos", comenta.Esconderse en el anonimato

Por otro lado, el aparente anonimato que trae consigo Internet es para, César Zárate, responsable del área de Penal del despacho Écija, una de las principales causas por la que han crecido este tipo de conductas. "Se aprovechan de la facilidad a la hora de publicar en las redes sociales", afirma.

Además, en Internet es más complicado identificar al autor real. "Se debe hacer a través de los juzgados. A veces las herramientas que hay no son lo ágiles que deberían o no es posible localizar a alguien a través de su IP", comenta el abogado.

Josep Maria Tamarit, catedrático de Derecho Penal de la UOC, comparte esta visión. "Internet favorece el anonimato. Los agresores se esconden tras cuentas y nombres falsos para difundir ofensas, amenazas. La dinámica de las redes favorece la desinhibición a la hora de expresar opiniones y prejuicios de manera impulsiva".

A la hora de responder legalmente a estos problemas, Zárate considera que debería apostarse por la vía civil antes que la penal ya que es menos lesiva con los derechos personales. "En mi opinión, la respuesta general no debe ser la penal, salvo en los casos más graves. Es mejor la vía civil, en la que se reclama una compensación económica. Quizá sea el dinero lo que más nos duele que nos toquen por lo que si hay condenas por cantidades importantes sirva como elemento disuasorio", reflexiona.

Para ambos juristas, sin embargo, en ningún caso debería ampararse el derecho al insulto. "Nuestros tribunales han reiterado que la libertad de expresión no ampara el derecho al insulto", reitera Zárate. "Cuando se consiguen determinadas cuotas de libertad es lógico que aumente el número de discusiones sobre el conflicto entre libertad de expresión y derecho al honor. Es un peaje que hay que pagar por la libertad", prosigue Bravo.Incremento del 147%

Lo cierto es que según se señala en la última Memoria de la Fiscalía, los crímenes de odio cometidos haciendo uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) han dado lugar a un incremento "importante" en el número de procedimientos incoados en 2016, al pasar de los 40 expedientes registrados en 2015 a los 99 en 2016, un incremento superior al 147%.

Fuentes de la Brigada Central de Investigación Tecnológica matizan que estos datos no implican necesariamente que hayan aumentado este tipo de delitos, sino que existe una mayor concienciación con respecto a las redes sociales. "Cada vez la sociedad entiende mejor que en Internet no todo vale y que hay que establecer unos límites lógicos. Nosotros siempre aconsejamos no decir nada que no puedas decir en persona. Ello supone también que cuando se produce un hecho delictivo, quien lo sufre presente la pertinente denuncia", explican.

A pesar de ello, lo cierto es que cada día se producen cientos de comentarios que podrían estar catalogados como delito. Según datos del Informe Raxen de 2016, solo en España se registran más de cuatro mil incidentes de odio al año y existen más de mil sitios web en las redes sociales que promueven contenidos intolerantes.

Precisamente por ello, desde esta Brigada reconocen que salvo en los casos más graves, cercanos a delitos de enaltecimiento del terrorismo, la Policía actúa solo si media una denuncia de la víctima o bajo petición de la Fiscalía, si bien es cierto que se han reforzado las acciones contra el discurso del odio en Internet con la creación de la figura del agente encubierto informático y la activación de medidas de investigación tecnológica de mensajes ofensivos.Más implicación de las compañías

No es fácil encontrar una solución a este problema. La Policía, a través de su unidad de Participación Ciudadana, apuesta por la educación para frenar este tipo de conductas. Sin embargo, el abogado de Écija César Zárate considera que también deberían implicarse las propias compañías de redes sociales. "No es un problema solo legal, sino educacional y cultural. Es importante que las redes sociales controlen más los comportamientos de sus usuarios, sobre todos los trolls que crean cuentas específicamente para insultar", mantiene.

En este sentido, algunas empresas como Facebook, Twitter o Google han manifestado su compromiso para evitar la propagación del discurso del odio y llegaron a un acuerdo con la Comisión Europea para promover un código de conducta que combata este tipo de comentarios.

Por su parte, Luca Gervasoni y Silvia Martínez, expertos en nuevas tecnologías de la UOC, proponen cuatro maneras de abordar este problema. "Es necesario reforzar el nivel de formación en materia de igualdad de los cuerpos policiales y judiciales, mejorar la investigación, estimular denuncias y ofrecer una buena atención a las víctimas. También es importante reforzar la respuesta institucional frente a los actos públicos convocados por Internet para propagar el discurso del odio", subrayan

Por último, para estos expertos "es esencial generar contranarrativas en las redes sociales y un debate público para la transformación social y fomentar la sensibilización ciudadana mediante campañas contra el extremismo".

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