¿Qué es la doctrina Botín? ¿Cuál es su origen y qué significa?

  • La doctrina Botín permitió a Emilio Botín librarse de ser juzgado por el caso de las cesiones de crédito comercializadas por el Banco Santander.
El presidente del Grupo Santander, Emilio Botín; junto al ex vicepresidente económico y ex presidente de Bankia, Rodrigo Rato, en una foto de archivo.
El presidente del Grupo Santander, Emilio Botín; junto al ex vicepresidente económico y ex presidente de Bankia, Rodrigo Rato, en una foto de archivo.
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La defensa del expresidente de Bankia, Rodrigo Rato, y los otros procesados en el gran juicio por la crisis financiera, pidieron al tribunal aplicar 'la doctrina Botín' establecida por el Tribunal Supremo y que determina que si solo existe acusación popular se puede archivar el procedimiento.

¿Cuál es el origen de la 'doctrina Botín'?

La doctrina Botín tiene su origen en una resolución del Tribunal Supremo de 2007 en la que se avaló la decisión de la Audiencia Nacional de limitar la acción de las acusaciones particulares y no darles entidad suficiente para pedir la apertura de un juicio oral cuando la Fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa.

En diciembre de 2007, el alto tribunal confirmó el archivo del llamado caso de las cesiones de crédito, en el que estaban imputados Emilio Botín y otros tres directivos del Banco Santander, que quedaron exonerados de ser juzgados.

Entonces la Asociación para la Defensa de Inversores y Clientes (ADIC) pidió 180 años de cárcel para Botín y sus ejecutivos por unas cesiones de crédito que permitieron al banco eludir el pago de las retenciones a Hacienda.

Con esta medida captaron casi 2.500 millones de euros y provocó la persecución de muchos clientes por presunto delito fiscal. Sin embargo, el Tribunal Supremo archivó el caso al entender que el ejercicio de la acusación popular debía limitarse "en cuanto a su alcance y extensión". En definitiva, una sola acusación no puede mantener vivo un caso si el fiscal se inhibe.

Sin embargo, en 2008 el tribunal dictó una resolución en el sentido contrario para condenar a Juan María Atutxa, expresidente del Parlamento vasco, por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak y admitió a la acusación popular en solitario "cuando el delito afecta a intereses colectivos o si no se han personado los perjudicados directos".

Doctrina Botín y doctrina Atutxa

La doctrina Botín y la doctrina Atutxa se han convertido en la vía para establecer excepciones en los procesos legales que son impulsados solo por acusación popular. La primera la estableció el Supremo cuando libró a Emilio Botín de ser juzgado en un caso de cesiones de créditos, porque no existía ni acusación del fiscal ni de acusación particular alguna.

Poco después, el Supremo volvió a hacer una excepción que matizaba la anterior doctrina. El ex presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, fue condenado por el Supremo por un delito de desobediencia a la autoridad judicial por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak.

La defensa confiaba en la doctrina Botín, pero el Supremo estableció que ésta sólo era aplicable con delitos que dañaran a alguien concreto. Como era un caso de desobediencia y éste es contra los intereses colectivos, podía prosperar aunque sólo fuera con la acusación popular: es la conocida desde entonces como doctrina Atutxa.

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