Doctrina parot. Estrasburgo establece que la ‘parot’ no se puede aplicar por hechos anteriores a 1995


La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha establecido hoy que la ‘doctrina Parot’, con la que se ha alargado la permanencia en prisión de decenas de etarras, no se puede aplicar a condenas por hechos cometidos antes de 1995. El tribunal con sede en Estrasburgo (Francia) considera que lo contrario supone una aplicación retroactiva de la Ley y, por lo tanto, vulnera los derechos fundamentales de los presos.

Los magistrados de la Gran Sala han tomado esta decisión al confirmar por amplia mayoría la condena a España por vulnerar los derechos fundamentales de la etarra Inés del Rio, a la que se aplicó la ‘Parot’ en condenas por hechos anteriores a 1995. El tribunal también ha confirmado, tal y como estableció en la primera sentencia dictada el 10 de julio de 2012, que España debe indemnizar a la etarra con 30.000 euros.
La ‘doctrina Parot’ estableció que los beneficios penitenciarios se deben aplicar al total de las condenas y no al máximo legal de permanencia en prisión (40 años según el nuevo Código Penal).
La clave de la sentencia dictada hoy es el año 1995. La Gran Sala entiende que la ‘Parot’, a pesar de haber sido establecida por el Supremo en el año 2006, bebe del espíritu de la reforma del Código Penal de 1995, por lo que su aplicación se considera retroactiva, y por lo tanto contraria a la Ley, se si ejecuta por hechos anteriores a ese año.
CASO POR CASO
Este es el caso de Inés del Río, quien fue condenada por hechos anteriores a 1995. La antigua miembro del “comando Madrid” de ETA junto a terroristas como Ignacio de Juana Chaos o Antonio Troitiño, fue sentenciada a más de 3.000 años de cárcel por su participación, entre otras acciones terroristas, en el asesinato de 12 guardias civiles en la Plaza de la República Dominicana de Madrid. La recurrente también participó en el asesinato del comandante Sáenz de Ynestrillas y otros dos militares y en el del vicealmirante Escrigas. En la actualidad se encuentra cumpliendo condena en Murcia.
El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se negó en noviembre de 2012 a dejar en libertad a Del Río a pesar de las advertencias del TEDH. Este órgano jurídico ha convocado un pleno ordinario este viernes, pero el que se podría tratar la sentencia dictada hoy por Estrasburgo.
Del Río deberá reclamar ahora su puesta en libertad a la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, el tribunal que le condenó. Deberá aportar en su escrito la sentencia del TEDH, ya que la Audiencia Nacional no tiene conocimiento formal de las resoluciones del tribunal con sede en Estrasburgo.
Fuentes jurídicas explicaron que la Audiencia Nacional va a estudiar a fondo la sentencia y que estudiará las reclamaciones “caso por caso”.
El Constitucional, en el que hay cerca de 30 recursos de presos a los que se ha aplicado la ‘Parot’, también ha realizado una llamada a la cautela y, según fuentes de la institución, los magistrados también estudiarán cada caso.
DECENAS DE TERRORISTAS
Fuentes de la Audiencia Nacional consultadas por Servimedia indicaron que hay cerca de 60 terroristas, en su mayoría miembros de ETA, que podrían reclamar su puesta en libertad al considerar que su situación es similar a la de la etarra Inés del Río, artífice del recurso sobre el que resolverá este lunes el tribunal con sede en Estrasburgo (Francia).
Entre los etarras que podrían reclamar su excarcelación y una posterior indemnización se encuentran terroristas como Domingo Troitiño, condenado a 1.118 años de prisión por su participación en 22 asesinatos; José Antonio López Ruiz, autor de 13 asesinatos y que cumple una pena de 1.210 años; Juan Carlos Arruti, sentenciado a 1.285 años por 14 muertes, y Juan José Zubieta, con ocho asesinatos a sus espaldas y una condena de 1.851 años.
Pero la sentencia dictada hoy no solo afectará a miembros de ETA. El Ministerio del Interior calcula que la resolución también podría suponer a la postre la excarcelación de siete terroristas de los Grapo, un condenado por los asesinatos de los GAL e, incluso, una miembro del desaparecido Exercito Guerrilheiro de Povo Galego Ceibe.
Pero, más allá de los terroristas, la resolución podría afectar, según los cálculos del Ministerio del Interior, a 14 personas que han sido condenadas por delitos graves como violaciones y asesinatos y a los que se aplicó la ‘doctrina Parot ’.
Entre estos 14 condenados destacan Pablo Manuel García Ribado, sentenciado a 1.721 años de prisión como autor de 74 violaciones, o Miguel Ricart, condenado por a 185 años de cárcel por el secuestro, violación y asesinato en 1992 de las tres niñas de Alcasser.

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