El abogado de Montoya solicita la libertad provisional: no grabaron su declaración

  • No hay vídeo del momento en el que reconoce que fue él por la falta de conexión del cable al equipo informático.
Bernardo Montoya
Bernardo Montoya
EFE

Miguel Rivera, abogado defensor de Bernardo Montoya, en prisión preventiva por la muerte de Laura Luelmo en El Campillo (Huelva) el pasado diciembre, ha solicitado ante el Juzgado de Instrucción 1 de Valverde del Camino (Huelva) su puesta en libertad provisional.

Rivera ha explicado que a las 08:45 horas remitió al juzgado dicha petición que basa, principalmente, en el hecho de que no se cuenta con el audio de la primera declaración judicial de su cliente en la que se inculpó del crimen de la joven zamorana. La ausencia de ese audio es debido a que la falta de conexión del cable al equipo informático impidió llevar a efecto la grabación.

Apoyándose en la jurisprudencia de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, y en artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Rivera ha asegurado que "la transcripción de esa declaración -que es con lo que se cuenta- es válida para agilizar y facilitar consultas pero no como medio de prueba, para ello, sólo se reconoce el soporte digital o multimedia".

Esto implica, ha añadido, que "la primera declaración es como si no existiera y que mi cliente está en prisión sin ser oído", y en la segunda declaración de principios de abril "negó su autoría y reiteró su inocencia", culpando a una exnovia de la muerte de Laura Luelmo.

Aunque reconoce la dificultad de que su petición prospere, el abogado ha indicado que de no concedérsele la puesta en libertad "se está incurriendo en la vulneración de derechos fundamentales".

La solicitud será trasladada en los próximos días por parte de la secretaria judicial a la Fiscalía y a la acusación particular para que presenten alegaciones y, posteriormente, decidirá la titular del juzgado, algo que Rivera no espera que ocurra antes de un mes.

La Fiscalía ya se manifestó sobre este asunto de no contar con el audio de la primera declaración asegurando que ello no debe suponer un problema porque considera que la transcripción de la misma por parte de la secretaria judicial tiene la misma validez.

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