El ala conservadora del TS no dio batalla por la rebelión para asegurar unanimidad

  • Una sentencia basada en la sedición era la única manera que Marchena tenía de garantizar el voto a favor de todos los miembros de su tribunal. 
Grafico tribunal proces
Grafico tribunal proces

La parte más conservadora del Tribunal que ha juzgado el 'procés' y que defendía la aplicación de un delito basado en la rebelión, aunque fuera en en grado de conspiración, prefirió no dar la batalla frente a los postulados de los magistrados más progresistas, que desde el primer momento se instalaron en un delito de sedición, para lograr con ello que la sentencia final contara con la unanimidad de la Sala. Fuentes cercanas a las deliberaciones de los magistrados aseguran que algunos magistrados cercanos a las tesis de la Abogacía del Estado y de gran prestigio en el Supremo, como Luciano Varela, descartaron desde el principio que hubiera que ir a un delito de rebelión, con la intención de emitir un voto particular si fuera necesario para defender la sedición en la redacción final de la sentencia. 

El presidente de la Sala Segunda del Supremo, Manuel Marchena, estipuló desde el principio de las deliberaciones la necesidad de tener una sentencia sin fisuras, con los siete magistrados de acuerdo, para no facilitar las cosas a quienes ya se estaban planteando recurrir su sentencia ante el Tribunal Constitucional y, tras ello, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. "No es lo mismo llegar a esas instancias con una sentencia firme, unánime y avalada por todas las fuerzas políticas del país, que con votos particulares cuyos argumentos pueden utilizarse en contra", advierten desde el ámbito del propio Tribunal Supremo. 

En la parte más conservadora de la sala se encuadra tanto a su presidente como los magistrados Antonio del Moral y Juan Ramón Berdugo, muy cercanos a llegar, al menos, al delito de conspiración para la rebelión (del que no se habla en la sentencia), toda vez que las penas planteadas para ello son muy similares a las de la sedición, que finalmente se han adoptado. Según señalan fuentes conocedoras de la situación, antes de que ese ala conservadora diera la batalla por la rebelión, se planteó debatir la opción progresista de un delito de sedición, como único camino para llegar a la unanimidad. Era la postura de Varela, junto a la magistrada Ana Ferrer y que no se vería con malos ojos por parte de Andrés Martinez Arrieta y Andrés Palomo, que sobre el papel eran los dos componentes del Tribunal que menos definida tenían su postura en el inicio de las deliberaciones. 

Una DUI que existió, pero no existió

Al final, la sentencia plantea un delito de sedición junto a otro de malversación de fondos públicos, basado sobre todo en que no se completó el tipo delictivo de la rebelión con violencia. Aunque en el análisis de la tipicidad del delito la propia sentencia admite que esa violencia no solo son acciones que se proyectan sobre la personas, con exigencia de un contacto físico, sino también la violencia compulsiva, equivalente a la intimidación grave, poco después advierte que, en el caso de la rebelión, "la violencia tiene que ser una violencia instrumental, funcional, preordenada de forma directa, sin pasos intermedios, a los fines que animan la acción de los rebeldes".

Básicamente, en el triple análisis que se hace a la hora de calificar los delitos, los magistrados justifican la sedición en ese concepto de violencia, añadido al segundo elemento objetivo de que la aplicación del 155 desbarató sus planes y, por consiguiente, se puede deducir el tercer elemento subjetivo de que los condenados sabían que nunca iban a llegar a la independencia. Esa es la tesis que utiliza la sentencia para bajar el nivel de la rebelión a una sedición: "La finalidad del proyecto de los acusados no era vincular a sus actos de manera directa la efectiva instauración de un régimen jurídico como el diseñado en las decisiones parlamentarias reflejadas en las leyes 19 y 20 de 2017. Se pretendía en realidad convencer a un tercero, el Gobierno democrático de España, para que negociara con el Govern de la Generalitat el modo de acceder a la independencia de una parte del territorio español respecto de España. En palabras del coacusado Sr. Vila en el juicio oral, lo que pretendían era 'tensar la cuerda sin romperla'", explica la sentencia.

Esa alusión al acusado Santiago Vila (en libertad y condenado solo por desobediencia) choca con la gran duda que desde el ámbito jurídico surge: el exconsejero dejó su cargo a la vista de que se iba a producir una Declaración Unilateral de Independencia (DUI), una proclamación que se ve desde la parte de quienes defienden la rebelión como el nexo de unión entre la violencia y la intencionalidad de llegar a ser una república "algo que querían lograr por cualquier medio aunque no lo diga la sentencia", advierten fuentes judiciales. "No se puede hablar de una DUI que existió, aprobada por el Parlament, pero que después no existió porque es simbólica. Tal vez lo hagan los políticos, pero es difícil entender que ese argumento lo avalen los jueces", aseguran varios expertos jurídicos consultados conocedores del proceso.  

A la hora de analizar el delito de sedición, el propio texto de la sentencia admite que "la sedición no es sin más una rebelión en pequeño. Aunque en ambas ha de estar presente tanto la colectividad de la autoría como una cierta hostilidad en el medio para los respectivos fines de los autores". Aún así, a la hora de determinar como incurrieron en ese delito la mayor parte de los condenados y analizar los hechos ocurridos en la protesta ante la Consejería de Economía, las reuniones como los Mossos para analizar la posible violencia del referndum del 1-O, la propia celebración de esa consulta y otros muchos actos, como las decisiones previas del Parlament que vulneraron la Constitución, siempre se alude a delitos contra el orden constitucional, típicos de la rebelión, más que contra el orden público o la paz social, que marcan la sedición. 

La propia fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, en su intervención ante los medios de este lunes para valorar la sentencia, acataba su cumplimiento, pero advertía que se estaba hablando de sedición con hechos contrarios al orden constitucional. 

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