El cgpj avala publicar las sentencias firmes por fraude fiscal gracias al voto de calidad de lesmes


El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó este lunes el informe al anteproyecto de ley orgánica por la que se regula el acceso a la información contenida en las sentencias en materia de fraude fiscal. El texto avala la publicación de resoluciones condenatorias firmes cuando el delito tenga por perjudicado a la Hacienda Pública al considera que “sirve a un interés general”.
El informe fue aprobado con el voto de calidad de su presidente, Carlos Lesmes, después de que se registrara un empate a diez votos. El vocal Fernando Grande-Marlaska votó en blanco.
Además de Lesmes, votaron a favor del informe, los vocales Mar Cabrejas, Ángeles Carmona, Nuria Díaz, Juan Manuel Fernández, Vicente Guilarte, José María Macías, Gerardo Martínez Tristán, Juan Martínez Moya y Wenceslao Olea.
En contra se pronunciaron Roser Bach, Victoria Cinto, Álvaro Cuesta, Rafael Fernández Valverde, Enrique Lucas, Carmen Llombart, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda.
El informe, del que ha sido ponente el vocal del CGPJ Gerardo Martínez, señala que el anteproyecto, que establece el carácter público del acceso al fallo de esas sentencias y la publicación de un extracto de las mismas en el Boletín Oficial del Estado, tiene como objetivos impulsar la lucha contra el fraude fiscal, incentivando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, e incrementar la transparencia en la actuación de las Administraciones Públicas y, especialmente, de las actuaciones judiciales en ese ámbito.
El texto reconoce que la publicidad de la sentencia puede suponer un gravamen para la persona condenada susceptible de afectar a sus derechos individuales al honor, intimidad y protección de datos, “pero también cabe entender que esta publicidad cumple fundamentalmente una función de información y en gran medida de lucha contra el fraude fiscal, configurándose como un elemento preventivo y educativo”.
El informe señala también que la divulgación de los datos a los que hace referencia el Anteproyecto cumple tanto con el requisito constitucional de veracidad como el acuñado jurisprudencialmente de la relevancia pública de la información.
Así, afirma que “la sentencia penal firme goza de veracidad, dado que se publicarán datos extraídos de lo considerado probado en la sentencia, lo que sin duda constituye una verdad jurídica formal” y que de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional se trata de una información de relevancia pública.
Como resultado del debate en el Pleno, de la propuesta de informe se ha retirado el punto que consideraba “admisible” la Disposición transitoria única del Anteproyecto, que prevé que será de aplicación a las sentencias que se dicten tras su entrada en vigor.
El texto, finalmente, acoge las observaciones planteadas por los vocales Roser Bach y Enrique Lucas, a las que se sumaron Victoria Cinto, Clara Martínez de Careaga y Concepción Sáez, en el sentido de que el régimen transitorio razonable pasa porque el Anteproyecto afecte a los delitos que se cometan con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica.
El informe también recoge otra de las observaciones de estos vocales, que consideran que el Anteproyecto no valora el impacto que pueda tener su aplicación a la generalidad de los supuestos a que se refiere y que resulta difícil encajar el efecto negativo que supone la publicación de las sentencias en los casos en los que se aprecie reparación del daño.

Mostrar comentarios