En un acuerdo aprobado por unanimidad

El CGPJ replica al Consejo de Europa: "No se persiguen las ideas" del 'procés'

La Comisión Permanente subraya que el Tribunal Supremo condenó a los líderes independentistas por "haber pulverizado el pacto constitucional", desatendiendo a los requerimientos del Tribunal Constitucional

El presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, preside la reunión de coordinación del plan especial sobre juzgados especializados en cláusulas suelo en la sede del CGPJ, en Madrid (España), a 7 de noviembre de 2019.
08 noviembre 2019, Justicia
Eduardo Parra / Europa Press
  (Foto de ARCHIVO)
8/11/2019
El presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes.
Europa Press

El Consejo General del Poder Judicial no está de acuerdo con las conclusiones de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, en cuyo informe, aprobado este lunes, insta al Gobierno de Pedro Sánchez a reformar los delitos de sedición y de rebelión y plantea el indulto para los líderes del 'procés' condenados, una medida de gracia que ya han recibido. La Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces insiste en que el Tribunal Supremo no ha perseguido en ningún momento las "ideas políticas" de los cabecillas del proceso independentista en Cataluña, "ni la libre expresión de las mismas".

En su reunión ordinaria, la Comisión Permanente del órgano presidido por Carlos Lesmes -en funciones desde diciembre de 2018- ha aprobado por unanimidad un acuerdo en el que "deplora" que en el seno del Consejo de Europa se haya aprobado el informe del diputado letón Boriss Cilevics que incluye, entre otras cuestiones, la retirada de la solicitud de extradición contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, y unas recomendaciones dirigidas a los jueces españoles para que tomen decisiones en un determinado sentido en relación con la persecución de delitos. Según el CGPJ, estas afirmaciones "obvian los principios de legalidad, separación de poderes, independencia judicial e igualdad en la aplicación de la ley".

El órgano de gobierno de los jueces considera que es "contradictorio" que, por un lado, la Asamblea del Consejo de Europa afirme que respeta el orden constitucional español y reconozca que España es una "democracia viva, con una cultura de debate público libre y abierto y donde la mera expresión de opiniones independentistas no es motivo de persecución penal"; y que, por otro, ponga de manifiesto que "varios políticos catalanes de alto nivel fueron procesados y finalmente condenados a largas penas de prisión por sedición y otros delitos, entre otras cosas, por declaraciones realizadas en el ejercicio de sus mandatos políticos, en apoyo del referéndum inconstitucional sobre la independencia de Cataluña de octubre de 2017".

Al respecto, el órgano de gobierno de los jueces subraya que los 12 líderes independentistas fueron condenados por el Tribunal Supremo tras celebrarse "un juicio público y con todas las garantías procesales por delitos de sedición y de malversación de caudales públicos, en aplicación del Código Penal aprobado en 1995 por el Poder Legislativo y cuyos impulsores bautizaron como el 'Código Penal de la democracia'”.

Condenados por "pulverizar el pacto constitucional"

Así, defiende que las condenas "en ningún caso se impusieron por la expresión de opiniones", tal y como señaló el Tribunal Supremo en su sentencia dictada el 14 de octubre de 2019. Una resolución en la que los magistrados recalcaron que en el procedimiento penal seguido contra ellos no se han cuestionado las "ideas secesionistas" que aún defiende, sino que lo que ha sido objeto de reproche "es haber pulverizado el pacto constitucional, y hacerlo mediante la aprobación de leyes en abierta y contumaz desatención a los requerimientos del Tribunal Constitucional". 

"Lo que se sanciona, en fin, no es opinar o defender una opción rupturista, sino definir una legalidad paralela de corte constituyente y movilizar a una multitud de ciudadanos para oponerse a la ejecución de las decisiones legítimas de la autoridad judicial, celebrando un referéndum declarado ilegal por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, cuyo resultado era la condición necesaria para la entrada vigor de la ley de transitoriedad, que implicaba la definitiva ruptura con la estructura del Estado”, afirmó el alto tribunal.

En este sentido, el CGPJ también expone que el Gobierno, que este martes aprobó los indultos para nueve de los 12 condenados -las penas de los exconsejeros Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santi Vila ya han sido extinguidas tras su cumplimiento íntegro-, se ha expresado en los mismos términos en una nota de prensa emitida el pasado 3 de junio por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. En dicho comunicado, el departamento dirigido por Arantxa González Laya tachó el informe al entender que se basa en "un planteamiento erróneo" como es "la presunción de que los líderes políticos independentistas fueron procesados por expresar sus ideas en el ejercicio de su mandato” .

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