El código ético del psoe establece que lópez aguilar debe explicarse ante la comisión ejecutiva federal


El Código Ético que aprobó el PSOE el pasado mes de octubre y que todos sus representantes públicos deben suscribir establece que “toda persona que ostente cargo o responsabilidad pública u orgánica vinculada al PSOE, en el caso de que resulte imputado por una resolución judicial, dará cuenta de las concretas acusaciones o delitos que se le imputan ante la Comisión Ejecutiva Federal”.
Así figura en el artículo 5.3, según recoge Servimedia, en el que se añade que será la Ejecutiva la “que trasladará esta información a la Comisión Federal de Ética y Garantías y, en su caso, ante la Comisión de Garantías de Igualdad a fin de que, si es preciso, estos órganos puedan adoptar o recomendar la adopción al órgano competente de las medidas estatutarias oportunas en atención a los hechos y a su gravedad”.
En el caso del eurodiputado socialista y exministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, que podría ser citado a declarar en calidad de imputado ante el Tribunal Supremo, dada su condición de aforado, acusado de un delito de violencia de género contra su exesposa, el PSOE ha convocado a la Comisión de Garantías de Igualdad para que se “investigue todo, del principio al final, y en las próximas horas, días, tomar las decisiones que se tengan que tomar”, según declaró el secretario de Organización del PSOE, César Luena.
Este Código Ético, que aprobó el PSOE con el "compromiso firme de liderar el proceso de limpieza y calidad democrática", en el artículo 5.4 dice que "a los militantes que se les abriera juicio oral por un delito relacionado con la violencia de género o la libertad e indemnidad sexuales (acoso, abuso o violación) o contra la integridad moral, o aquellos ligados a la corrupción serán suspendidos cautelarmente de militancia, y en caso de dictarse una sentencia condenatoria que adquiera firmeza serán sancionados con la expulsión del partido".
El Código Ético apunta además que "si la persona afectada no informara en los términos expuestos en este apartado, será cautelarmente suspendida de militancia a la espera del resultado del preceptivo expediente informativo o, en su caso, disciplinario".
Además, establece que “cualquier cargo público u orgánico del PSOE al que se le abra juicio oral por un procedimiento penal dimitirá de su cargo en el mismo momento en el que se le dé traslado del auto de apertura del mismo y solicitará la baja voluntaria. En caso contrario, será suspendido cautelarmente de militancia y, en su caso, expulsado del partido”.
Por último, indica que “en caso de que un cargo público u orgánico resultara absuelto por sentencia firme de los delitos que se le imputaban en un procedimiento penal, el partido se compromete a adoptar las medidas necesarias para restablecer el buen nombre y el honor de la persona absuelta”.
INDULTOS
Por otra parte, este código interno de los socialistas recoge, en su artículo 8.1, que "los cargos públicos del PSOE se comprometen a no proponer ni apoyar el indulto de cargos públicos condenados por delitos ligados a corrupción, violencia de género, delitos de acoso o discriminación, contra la libertad e indemnidad sexuales, torturas o contra la integridad moral, así como la comisión de hechos constitutivos de delitos graves".
Y añade en el 8.2 que "los cargos públicos y orgánicos se comprometen a no solicitar su propio indulto si fueran condenados por los mencionados delitos".

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