El constitucional avala la creación del impuesto estatal sobre los depósitos bancarios


El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso presentado por el Parlamento de Cataluña contra el artículo de la ley de 2012 por la que se adoptan diversas medidas tributarias, impulsadas por el Gobierno de Mariano Rajoy, y que recoge la creación del Impuesto sobre Depósitos en Entidades de Crédito (IDEC).
En un comunicado, el TC señala que rechaza, como alegaban los recurrentes, que se hayan vulnerado la competencia del Estado para crear tributos y la autonomía financiera de las comunidades autónomas.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez Sancho, cuenta con el voto particular de la vicepresidenta, Adela Asua, y de los magistrados Luis Ortega, Encarnación Roca, Fernando Valdés Dal-Ré y Juan Antonio Xiol.
Además, el Pleno rechaza también que la norma impugnada vulnere la autonomía financiera de las comunidades autónomas.
En su voto particular, los magistrados Xiol, Asua, Ortega, Roca y Valdés consideran que el recurso debió estimarse. Entre otras razones, porque el nuevo impuesto estatal “no responde a un fin material constitucionalmente legítimo desde la perspectiva de la configuración autonómica del Estado y del reconocimiento de la autonomía financiera”.
En ese sentido, señala que su objetivo “de armonización o coordinación consiste en impedir o inhabilitar el poder tributario autonómico”.
Por su parte, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas recordó, en una nota, que este impuesto entró en vigor el 1 de enero de 2013, inicialmente con tipo de gravamen cero, ya que el Estado lo estableció con la finalidad de armonizar la tributación sobre los depósitos bancarios en todo el territorio nacional.

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