El defensor del pueblo reclama que las altas por incapacidad temporal no sean efectivas hasta que se le notifique al trabajador


El Defensor del Pueblo ha instado a la Seguridad Social a que aplique la sentencia del Tribunal Supremo del año 2012 por el que las altas de una incapacidad temporal no deben ser efectivas hasta que el trabajador reciba la notificación.
En concreto, la recomendación del Defensor del Pueblo se refiere a los casos en los que el alta de una incapacidad temporal deriva de la denegación de acceso a una incapacidad permanente.
En este sentido, el organismo que dirige Soledad Becerril explica que desde la Secretaria de Estado de la Seguridad Social apuntan que en estos casos tanto la prestación económica por incapacidad como el alta son efectivas desde que se produce la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), incluso aunque ésta se produzca antes de la notificación al trabajador.
De hecho, desde la Seguridad Social se dice, según el Defensor del Pueblo, que, para que haya doctrina del Supremo en sentido contrario, el tribunal “debe pronunciarse de modo reiterado”.
Así, el organismo dependiente del Ministerio de Empleo sostiene que “no aplicará la sentencia en tanto no se produzcan nuevos pronunciamientos”.
Ante esta situación, el Defensor del Pueblo “insiste en su discrepancia” con el criterio aplicado por la Seguridad Social ya que, aunque una única sentencia “no constituye jurisprudencia”, considera que eso “no obsta para que se tenga en cuenta”, sobre todo porque “es más favorable para los ciudadanos”.

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