El expediente a dirigente de AUGC se revocó cuando un tribunal anuló sanción

  • La revocación del expediente que se abrió al dirigente de la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) en 2010, que conllevó su traslado de puesto, se debió a que el Tribunal Militar Central anuló una sanción que se le había impuesto anteriormente, lo que conllevó la revocación inmediata.

Madrid, 27 nov.- La revocación del expediente que se abrió al dirigente de la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) en 2010, que conllevó su traslado de puesto, se debió a que el Tribunal Militar Central anuló una sanción que se le había impuesto anteriormente, lo que conllevó la revocación inmediata.

Así lo han precisado a Efe fuentes de la Dirección General de la Guardia Civil en relación con el comunicado publicado hoy por la AUGC en el que informaba de la revocación del expediente que fue impuesto al secretario general de la asociación, Alberto Moya, tras unas declaraciones en 2010 en las que criticó que el Ministerio del Interior intentara impedir que los guardias civiles se manifestasen.

La asociación ha asegurado que "los servicios jurídicos de la AUGC han conseguido revocar el último expediente de su secretario general, Alberto Moya", a quien la Dirección General de la Guardia Civil abrió un expediente disciplinario por una falta muy grave que conllevó, unos meses después, la pérdida de destino en Algeciras (Cádiz) y su traslado a Málaga.

Fuentes de la Dirección General de la Guardia Civil han matizado que la revocación "es fruto de la anulación por el Tribunal Militar Central de una sanción disciplinaria anterior que provoca automáticamente dicho efecto revocatorio, sin que los servicios jurídicos de la indicada asociación hubiesen interpuesto recurso administrativo alguno ante el director general del Cuerpo".

Han precisado que las declaraciones que hizo el secretario general de la AUGC en 2010 conllevaron una falta leve que se sumó a dos faltas graves que ya tenía anteriormente, y esa acumulación fue la que motivó que perdiera su destino.

Los servicios jurídicos de la AUGC recurrieron una de esas dos faltas graves -por hechos anteriores a las declaraciones de 2010- y ganaron este proceso, por lo que automáticamente se revocó el expediente por falta muy grave que conllevó la pérdida de destino.

Las fuentes han incidido en que revocar un expediente por falta grave trasciende las competencias del director general y han destacado que la revocación es fruto de una decisión de un tribunal.

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