El fiscal defiende que con el “chivatazo” no se quiso ayudar a eta sino que hubo “otras motivaciones”


El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, aseguró este martes en la vista celebrada por la Sala de lo Penal para decidir el futuro del “caso Faisán” que los tres mandos policiales procesados en la causa del “chivatazo” no pretendían “coadyuvar” a los fines de ETA sino que actuaron guiados por “otras motivaciones”.
Zaragoza hizo referencia en este sentido a una de las pruebas “clave” de la causa, la conversación mantenida por el dueño del bar “Faisán” de Irún, Joseba Elosua, presunto enlace del aparato de extorsión de ETA y receptor de la delación policial, con su yerno, Carmelo Luquín, momentos después de que se produjese el chivatazo, en la mañana del 4 de mayo del 2006.
En la conversación, grabada gracias a una baliza colocada en el coche de Elosua cuando este y su yerno se dirigían a Francia para alertar al miembro del aparato de extorsión de ETA José Antonio Cau Aldanur, el dueño del bar “Faisán” señala que una persona le había entregado un móvil a través del cual un policía le había advertido de la operación que se iba a llevar a cabo contra la banda terrorista y que había hecho referencia a la necesidad de “no fastidiar todo el proceso”.
Este fue uno de los principales argumentos utilizados por la Fiscalía para sostener que los tres procesados -el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamiés, el que fuera director general de la Policía Nacional Víctor García Hidalgo y el inspector de Vitoria José María Ballesteros- no pueden ser acusados de haber cometido un delito de colaboración con organización terrorista ya que para incurrir en este tipo penal, según su criterio, es preciso “una cierta adhesión ideológica y una intención específica de favorecer y beneficiar las actividades y finalidades de la banda”.
El propio fiscal jefe de la Audiencia Nacional decidió intervenir ante el pleno de la Sala de lo Penal para defender que la causa no es competencia de la Audiencia Nacional ya que sólo se puede acusar a los procesados de delitos de revelación de secretos, una figura que no es competencia del tribunal.
Por lo tanto, Zaragoza pidió que el sumario sea remitido a la justicia ordinaria, en concreto a los juzgados de instrucción de Irún (Guipúzcoa), lugar en el que tuvieron lugar los hechos, para que sean estos los que “finalicen la investigación y resuelvan sobre el fondo del asunto”.
PAGO VOLUNTARIO A ETA
El representante del Ministerio Público acudió para sostener su tesis a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de la propia Audiencia Nacional. Zaragoza destacó, entre otras, la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a sendas penas de un año y tres meses de cárcel a las empresarias Blanco Rosa Bruño y María Isabel Bruño como autoras de delitos de colaboración con organización terrorista por pagar de forma voluntaria el “impuesto revolucionario” de ETA.
En este caso, la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional tuvo en cuenta a la hora de dictar la sentencia condenatoria la supuesta afinidad de las hermanas Bruño con el entorno de la banda terrorista.
Una de las principales pruebas fue una carta de agradecimiento de la organización dirigida a las empresarias en 2008 y que fue intervenida a la organización terrorista tras la detención del dirigente de ETA Francisco Javier López Peña, alias “Thierry”.
CIERRE DE LA INVESTIGACIÓN
Las defensas de los procesados, por su parte, argumentaron durante la vista que no existen pruebas que demuestren que sus clientes son los responsables del “chivatazo” y pidieron, por lo tanto, el archivo de las actuaciones contra los tres mandos policiales. Impugnaron asimismo las intervenciones telefónicas que obran en la causa por no haber respetado, a su entender, la cadena de custodia.
El abogado de Ballesteros, José Luis Vegas, aseguró a su llegada a la sede de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares que no existen “indicios de criminalidad” contra su cliente y anunció su intención de pedir a la sala que “actúe con criterios estrictamente jurídicos”. “Un solo día de condena supone la expulsión del cuerpo”, señaló la letrada María Ponte, defensora de Pamiés.
En la vista de apelación también intervinieron las acusaciones populares personadas en la causa, como es el caso del PP, de la asociación Dignidad y Justicia o de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), quienes pidieron la confirmación del procesamiento dictado por el instructor de la causa, el juez Pablo Ruz, el pasado 13 de julio contra Pamiés, García Hidalgo y Ballesteros.
El abogado de la AVT, Antonio Guerrero, aseguró a su llegada a la sede del tribunal “que hay indicios de delito en la actuación de los procesados” así como “elementos suficientes” para determinar que se cometieron delitos de colaboración con organización terrorista. “No es necesario compartir los fines con la banda terrorista para que haya delito de colaboración”, dijo.
DELIBERACIONES DEL PLENO
El fiscal jefe hizo estas afirmaciones en la vista de apelación celebrada esta tarde por el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en la sede que este tribunal tiene en la localidad madrileña de San Fernando de Henares.
A pesar de tratarse de un pleno, los magistrados de la Sección Tercera de lo Penal Alfonso Guevara, Clara Bayarri y Guillermo Ruíz Polanco no han participado en la vista ya que, de quedarse en el caso en la Audiencia Nacional, formarían el tribunal encargado de celebrar el juicio. Tampoco estuvo presente la magistrada Ángeles Barreiro por motivos personales.
Los otros 14 magistrados de la Sala de lo Penal, encabezados por su presidente, Javier Gómez Bermúdez, comenzarán mañana la deliberación en la que deberán decidir si la causa que investiga el “chivatazo” policial al aparato de extorsión de ETA debe permanecer en la Audiencia Nacional o, por el contrario, debe remitirse a los juzgados de instrucción de Irún (Guipúzcoa).
El pleno tiene previsto reunirse el miércoles, jueves y viernes entre las 09.00 y las 10.30 horas por la mañana y entre las 16.30 y las 20.00 horas por la tarde para celebrar las deliberaciones, bajo la ponencia del magistrado José Ricardo de Prada.
FILTRACIÓN A ETA
El juez Ruz señaló en su auto de procesamiento que los tres policías, que formaban parte de la cúpula policial del exministro del Interior Alfredo Pérez Rubalcaba, pudieron filtrar a ETA detenciones inminentes que se iban a producir, y atribuyó a los procesados un delito de revelación de secretos y otro de encubrimiento o colaboración con organización terrorista.
El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional concluyó que el inspector Ballesteros fue la persona que entregó a las 11.23 horas del 4 de mayo de 2006 a Elosua, dueño del bar Faisán de Irún (Guipúzcoa) y presunto enlace del aparato de extorsión de ETA, un móvil.
El magistrado sostiene que a través de ese móvil, el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamiés, alertó a Elosua de la operación que se iba a llevar a cabo contra el aparato de extorsión de ETA. Esta delación habría contado con la colaboración y connivencia del que fuera director general de la Policía Nacional Víctor García Hidalgo.

Mostrar comentarios