El Gobierno aprueba acoger a treinta refugiados durante los próximos dos años

  • El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el acogimiento de hasta treinta refugiados durante los años 2013 y 2014 dentro del Programa de Reasentamiento de Refugiados en España y en cumplimiento de la Ley de Asilo.

Madrid, 28 dic.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el acogimiento de hasta treinta refugiados durante los años 2013 y 2014 dentro del Programa de Reasentamiento de Refugiados en España y en cumplimiento de la Ley de Asilo.

Las personas que sean acogidas tendrán el estatuto legal del refugiado previsto en la Ley de Asilo, es decir, los derechos a la no devolución a su país de origen, a obtener una autorización de residencia y trabajo permanente, y a que se le expidan documentos de identidad y de viaje.

Los gastos derivados del reasentamiento de los refugiados serán asumidos casi en su práctica totalidad por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, gastos que se han estimado en 894.655,17 euros.

A la hora de determinar los perfiles de los posibles refugiados España prestará particular atención a aquellas situaciones de especial vulnerabilidad, atendiendo a los grupos familiares, así como a mujeres y menores en situación de riesgo.

La ejecución del programa se llevará a cabo por los ministerios del Interior y de Empleo y Seguridad Social, quienes podrán solicitar la colaboración de los Departamentos que, en virtud de sus competencias, se requiera.

La Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, del 30 de octubre de 2009, regula, con carácter general, el sistema por el cual España presta protección internacional a aquellas personas que no pueden volver a su país de origen porque tienen temores fundados a ser perseguidos por motivos de raza, religión u opiniones políticas, según recuerda la referencia del Consejo de Ministros.

El reasentamiento es un proceso por el cual un refugiado que ha huido de su país de origen por estar perseguido y que ha encontrado asilo temporal en otro país es reasentado en un tercer país donde tendrá protección permanente, igual que un refugiado en sentido estricto.

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