El gobierno aprueba hoy una flexibilización del alquiler y la agilización de los desahucios


El Consejo de Ministros aprobara previsiblemente este viernes un proyecto de ley por el que se modifica la normativa vigente para “flexibilizar y dinamizar” el mercado del alquiler y agilizar los desahucios por impago.
Entre las medidas que recoge, se encuentran que la actualización de la renta no tenga que estar ligada al IPC, se flexibiliza la duración de los contratos, y el plazo de prórroga obligatoria se reduce de cinco a tres años, y el de prórroga tácita de tres a uno.
Por otra parte, y con independencia de la duración del contrato, el inquilino podrá desistir del contrato siempre que lo comunique con un mes de antelación.
También se garantiza que el propietario pueda recuperar su vivienda, sin necesidad de que esté previsto en el contrato de arrendamiento si hubieran transcurrido cinco años desde su firma, siempre que necesite la vivienda para sí, sus familiares en primer grado o su cónyuge tras el divorcio o nulidad.
Según el secretario de Estado de Infraestructuras, Rafael Catalá, el proyecto de ley supondrá cambios en normas como Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil.
”El objetivo fundamental es dinamizar el mercado del alquiler, facilitar que las viviendas desocupadas puedan dedicarse a esta actividad y que las personas que quieran arrendar encuentren un mercado flexible y que garantice que los propietarios puedan alquilar” con seguridad, agregó.
Mientras, el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, ha destacado que en la parte fiscal se han incorporadazo medidas orientadas en “crear instrumentos flexibles” que se puedan materializar en vehículos de inversión en inmuebles. Así, se contempla un régimen fiscal “favorable” para las empresas que pongan inmuebles de alquiler en el mercado.
DESAHUCIOS
Los procedimientos de desahucio por impago de rentas son lentos e ineficaces, según el Ejecutivo, que ve necesario la agilización de este procedimiento, reduciendo la intervención judicial al mínimo imprescindible.
Entre las medidas adoptadas, se crea un procedimiento judicial acelerado para que en el plazo de diez días se proceda al pago de la renta debida. Además, se simplifican los procedimientos judiciales para efectuar los desahucios, duplicando la capacidad de los juzgados.
La propuesta del Gobierno recoge una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil y se vincula el alzamiento a la falta de oposición del demandado y la finalización del proceso será mediante auto del juez.
FISCALIDAD
Parte importante de los cambios se centran también en la modificación del régimen fiscal de las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimi).
Estas sociedades, creadas en 2009, son sociedades cuya actividad principal es la inversión en activos inmobiliarios urbanos para su alquiler, incluyendo tanto viviendas como cualquier otro inmueble urbano.
En las Socimi, el Gobierno reduce el plazo exigido para que los bienes inmuebles que hubieran sido promovidos por la entidad se mantuvieran en arrendamiento, de siete a tres años. También se reduce la cifra de capital social mínimo exigido, de 15 a 5 millones de euros.
Entre los cambios con respecto al anteproyecto se encuentra que ahora la Socimi tribute al 0% en el Impuesto de Sociedades, y se desplaza la tributación al dividendo que tributará al 19%. Además, las Socimis tendrán que repartir el 80% de los beneficios como dividendo.

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