El Gobierno prohíbe a los guardias civiles llevar tricornio o prendas del uniforme durante manifestaciones

    • Un orden del Ministerio del Interior regula el uso del uniforme en el instituto armado
    • Exige a los funcionarios "vestirlo con corrección, orgullo y dignidad"
    • Prohíbe por primera vez que cualquier persona ajena a la corporación lo utilice
    • Impide que los guardias acudan de uniforme a "establecimientos incompatibles con su condición"

Los guardias civiles no podrán acudir de uniforme a "establecimientos incompatibles con su condición". Así lo establece la Orden INT/77/2014, aprobada por el Ministerio del Interior el pasado 22 de enero y que acaba de ser publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La norma también prohibe a los agentes utilizar el tricornio o cualquier otra prenda que tenga algún tipo de vinculación con el cuerpo o forme parte de la vestimenta reglamentaria durante la celebración de "manifestaciones o reuniones". En concreto, sobre este último punto, la orden establece que "tampoco podrán utilizarse prendas que hayan formado parte del uniforme de la Guardia Civil ni las que claramente se identifiquen, por su singularidad o significación, como constitutivas del uniforme".

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Durante la pasada legislatura se celebraron varias manifestaciones de guardias civiles en las que éstos portaron elementos identificativos e incluso hubo una ocasión en la que los agentes salieron a la calle vestidos de uniforme con el fin de reclamar determinados derechos para los funcionarios del instituto armado.

Por otro lado, la reciente orden establece que los agentes deben vestir el uniforme "con corrección, orgullo y dignidad", además de indicar que los guardias "podrán gran cuidado en observar los signos externos de decoro, policía y disciplina", unos requisitos cuya ejecución encarga a los jefes de la corporación. "Exigir el cumplimiento de esta norma será un deber para todos los escalones de mando del cuerpo", sentencia.

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Asimismo, el precepto prohibe –algo que no se hacía expresamente hasta el momento en la Guardia Civil, sí en la Policía– a cualquier "persona ajena al instituto armado", salvo que "expresamente se autorice por razones de interés profesional, social o cultural". "El uniforme o cualquiera de sus prendas singulares o significadas será de utilización exclusiva y única por los integrantes del cuerpo", subraya la orden ministerial.

Esto podría repercutir en la venta de este tipo de prendas en los establecimientos que habitualmente comercializan estos productos, como ya ocurrió en diciembre de 2010 con la Policía.

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