No habrá "emergencia nacional"

El Gobierno 'resbala' con las ayudas por la nevada: ya se aplican con la pandemia

Moncloa cuenta con compensar los daños materiales, pero las ventajas fiscales de la Ley de Protección Civil ya las tienen los comercios y los autónomos por estar afectados por el virus y no se pueden ampliar.

Fernando Grande-Marlaska
El Gobierno resbala con las ayudas por la nieve: ya se aplican por la pandemia.
EFE

Las ayudas por los desperfectos materiales y personales de la nevada amenazan con convertirse en otro foco de controversia entre el Gobierno y la oposición, sobre todo en el caso de la Comunidad de Madrid. Fuentes del entorno de Moncloa se muestran convencidas de que, una vez que se terminen de solventar los problemas de movilidad y seguridad más perentorios, habrá que administrar algún tipo de partida presupuestaria para compensar a las personas y las empresas que se hayan visto perjudicadas, sobre todo en el caso del lucro cesante por no poder abrir sus negocios o no poder trabajar. El problema que se presenta para hacerlo y que los técnicos del Ministerio del Interior intentan solventar es el cálculo de esa compensación, dado que más allá de las puras indemnizaciones por posibles daños, las medidas fiscales que contempla la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil del año 2015, sin tener que declarar la situación como una “emergencia de interés nacional”, son similares a las que ya operan para todos los comercios, pymes y autónomos para compensar los daños de la pandemia, y no se pueden ampliar mucho más.

La norma sobre Protección Civil, aprobada en 2015 por el Gobierno de Rajoy, establece en su artículo 23 que, sin llegar a la emergencia nacional, se pueden declarar zonas “gravemente afectadas por una emergencia de protección civil”, por acuerdo de Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Hacienda, Administraciones Públicas e Interior, por más que haya sido solicitado por las administraciones interesadas o que puedan elaborar un informe al respecto. La clave está en definir qué daños son compensables y en qué cuantía, a sabiendas de que previamente deben estar protegidos por un seguro.

La cuestión se agrava cuando se llega a las posibles medidas fiscales a tomar para esa compensación, dado que se centran en bonificaciones y devoluciones de impuestos como el IBI y el IAE, deducciones en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social en caso de extinción o supresión de contratos por fuerza mayor, moratoria en el pago de autónomos, etc… todas ellas ya incluidas en el escudo social del Gobierno contra la pandemia a comercios y autónomos, que son los principales afectados también de la nevada, y que no se pueden ampliar más en la mayor parte de los casos. Es más, si alguna de esas medidas recorta fondos a los ayuntamientos o las CCAA, el Estado debe compensarlas. 

Nada de "emergencia de interés nacional"

Tanto el titular de Interior, Fernando Grande-Marlaska, como sus homólogos de fomento, José Luis Ábalos, y de Defensa, Margarita Robles, se han afanado en explicar que las grandes vías de comunicación y los núcleos básicos de transporte de la capital están ya practicables y operativos, con el trabajo de la práctica totalidad de los medios que Protección Civil tiene en España, más el Ejército y la UME. 

Una vez constatada esta situación y a pesar de que haya miles de casos de calles en la capital y otras ciudades pendientes de ser liberadas del hielo, fuentes cercanas a ese proceso aseguran que su estrategia en estos momentos pasa por evitar la declaración de "emergencia de interés nacional" (artículo 29) y seguir haciendo de coordinadores de la situación, junto con CCAA y Ayuntamientos, que son los principales responsables de llegar a donde la Administración Central no puede con sus medios. Si la situación fuera de emergencia nacional, toda la responsabilidad de gestión, dirección y control de la crisis recaerían sobre el Ministerio del Interior, por encima de los que dispongan ayuntamientos y comunidades.

Frente a las aspiraciones del alcalde de Madrid y la presidenta de la Comunidad, junto con algunos líderes autonómicos afines incluso al PSOE, para obtener las ventajas y ayudas de la declaración de “zona catastrófica” que permitan iniciar la recuperación de los lugares afectados, desde el Ejecutivo se recuerda que, antes que nada, hay que dar por finalizada “la respuesta inmediata a la emergencia” (artículo 20 de la Ley), que es responsabilidad de todos y que aún no se ha producido. Una vez que desde el Gobierno se declare la zona gravemente afectada, ya con la movilidad básica y las calles cuasi recuperadas, se procederá al cálculo de las posibles ayudas, que pueden ser incluso compatibles con algunas de las indemnizaciones que se obtengan de los seguros privados.

Fuentes del sector asegurador señalan que los miles de casos que les están llegando se centran en daños materiales de vehículos e inmuebles, que entran dentro de sus coberturas y se liquidarán lo antes posible. De nuevo, el problema se centra en cuestiones como el cálculo del lucro cesante o las pérdidas de actividad laboral de pymes y autónomos que lo tengan asegurado, si bien son menos que los daños materiales puros. 

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