El juez abre el juicio a Muguruza, Rodríguez y Dopico por el "caso Trapur"

  • Santander.- El Juzgado de Instrucción número 2 de Castro Urdiales ha acordado hoy abrir juicio oral por delitos de prevaricación, cohecho y tráfico de influencias en el "caso Trapur" contra el alcalde de la ciudad, Fernando Muguruza; el concejal de Hacienda, José Miguel Rodríguez, y la edil Elisa Dopico.

El juez abre el juicio a Muguruza, Rodríguez y Dopico por el "caso Trapur"
El juez abre el juicio a Muguruza, Rodríguez y Dopico por el "caso Trapur"

Santander.- El Juzgado de Instrucción número 2 de Castro Urdiales ha acordado hoy abrir juicio oral por delitos de prevaricación, cohecho y tráfico de influencias en el "caso Trapur" contra el alcalde de la ciudad, Fernando Muguruza; el concejal de Hacienda, José Miguel Rodríguez, y la edil Elisa Dopico.

Esta decisión, contra la que no cabe recurso, sentará también en el banquillo de los acusados al gerente de la empresa Trapur, Pedro Llamas, y a la ex veterinaria municipal Icíar Muruaga.

El instructor del caso, Luis Acayro Sánchez Lázaro, ha rechazado la solicitud del Ministerio Fiscal para que el caso se sobreseyera con respecto a Fernando Muguruza, porque entiende que existen "indicios suficientes" de que el alcalde pudo cometer un delito de prevaricación al ordenar el pago de facturas a Trapur "sabedor de la ilegalidad que estaba realizando".

En el "caso Trapur", la Audiencia de Cantabria juzgará si Muguruza, Rodríguez y Dopico -edil de Sanidad la pasada legislatura- cometieron delitos de prevaricación y tráfico de influencias al adjudicar a la empresa Trapur unos trabajos de desratización del municipio para los que, supuestamente, no estaba preparada.

En la vista oral se determinará, además, si, como mantiene el instructor de la causa, el gerente de Trapur sobornó a Elisa Dopico para conseguir ese contrato y obtuvo un trato de favor por parte del alcalde y del concejal de Hacienda a través de algunas decisiones, como la de fraccionar los pagos en facturas de menos de 12.000 euros para evitar que otras empresas pudieran optar a esos trabajos.

En su escrito de acusación, la Fiscalía responsabiliza a Rodríguez y Dopico de ese método de contratación que "eludía de manera reiterada y consciente" los procedimientos legales, pero también solicitaba que el caso se sobreseyera para al alcalde, al no observar pruebas de que él adjudicara contrato alguno a Trapur.

Sin embargo, el ex interventor del Ayuntamiento de Castro Urdiales Fernando Urruticoechea, que ejerce la acusación popular, sí ha formulado cargos contra Fernando Muguruza.

En el auto de apertura de juicio oral, el instructor del caso mantiene que existen "indicios suficientes" de que el alcalde firmó facturas a favor de Trapur -a la que el juez se refiere como "la empresa de su secretaria de confianza"- y "consintió" que el objeto de los trabajos se "fraccionara de manera evidente".

También sostiene que hay base para juzgar a Muguruza por haber ordenado que hicieran pagos a Trapur sin contar con el crédito correspondiente, arrogándose competencias que correspondían al pleno de la Corporación e ignorando los reparos formulados por dos funcionarios (entre ellos el hoy acusador Fernando Urruticoechea).

En tres autos complementarios dictados al mismo tiempo que la apertura de juicio oral, para fijar las fianzas que deberán prestar los acusados, el juez de instrucción sostiene que Pedro María Llamas obtuvo esos contratos para Trapur "gracias a su amistad con el alcalde, señor Fernando Muguruza, y con sus compañeros de partido político -el PP-, los señores Elisa Dopico y José Miguel Rodríguez".

Como prueba de la amistad de Llamas con el alcalde, señala que éste contrató a su hija como "su secretaria personal como cargo de confianza", una función que sigue desempeñando en la actualidad.

El juez se reitera así en dos argumentos -la afinidad política y la amistad entre los acusados- que ya fueron puestos en duda por la Audiencia de Cantabria en noviembre, cuando sobreseyó parcialmente el caso para Pedro Llamas, al entender que sólo se le podía acusar de "corromper" a Dopico (delito de cohecho), pero no de influir de forma ilícita sobre los demás ediles (tráfico de influencias).

El instructor ha exigido a tres de los acusados que, en el plazo de un día, depositen las siguientes fianzas para hacer frente a sus posibles responsabilidades pecuniarias: 172.264 euros, Elisa Dopico; 587.769, José Miguel Rodríguez, y 3.000, Pedro Llamas. De no aportar esas fianzas, advierte, ordenará el embargo de sus bienes.

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