El juez absuelve al PP al no ver delito en el destrozo de los discos duros de Bárcenas

  • No queda probado que los discos fueran propiedad de Bárcenas así como tampoco que contuvieran información del PP. 
Ruz pide a los juzgados de Madrid que investiguen la destrucción de los discos duros de Bárcenas
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El Partido Popular no es responsable penal del destrozo de los discos duros de Luis Bárcenas. Así lo ha dictaminado el magistrado Eduardo Muñoz de Baena en una sentencia en la que zanja la polémica sobre el formateo de los ordenadores de Bárcenas y absuelve al Partido Popular por falta de pruebas del delito de daños informáticos por el que acabó sentándose en el banquillo el pasado mes de junio. 

Junto con el PP estaban acusados en el procedimiento la extesorera del PP y actual gerente Carmen Navarro; el informático del partido José Manuel Moreno y el abogado Alberto Durán, que afrontaban cuatro años de prisión y han sido igualmente absueltos. En una sentencia de 74 folios, el magistrado razona que no se ha podido probar que Navarro participara en este proceso y que los otros dos fueran conscientes de que con este formateo causaran un perjuicio económico a Bárcenas. 

Las acusaciones populares (IU, Adade y Observatori Desc) les imputaban a todos ellos delito de encubrimiento por estos hechos ocurridos a principios de 2013. Por su parte, la formación que lidera Pablo Casado afrontaba una multa de hasta 5,4 millones de euros por destrozar todo el material que guardaba Bárcenas en estos ordenadores. Sin embargo el magistrado considera que existían dudas "lógicas y de sentido común" sobre la intención que llevó a realizar el borrado, motivo por el cual no se puede condenar. Igualmente aplica la doctrina Botín únicamente por el delito de daños informáticos pero no por el de encubrimiento.

¿Quién era el verdadero propietario de los ordenadores?

Tras el estudio de los hechos, el juez considera que no puede acreditarse dos aspectos cruciales en este asunto; por un lado, si uno de los ordenadores era propiedad de Bárcenas (el otro lo atribuye al PP) y que los discos contuvieran información en el momento de su borrado. Precisamente el aspecto relativo a la titularidad de los dispositivos es clave para determinar si son culpables o no porque, de haberse probado que Bárcenas era el dueño, se habría cometido un perjuicio económico y, consecuentemente, delito. Con todo, el juez reprocha al exgerente del PP que "en modo alguno" alertara en su denuncia inicial que su principal interés era recuperar el contenido de los ordenadores.

El magistrado también se pronuncia sobre la cuestionada entrada de los empleados del PP en la sala ocupada hasta el momento por Bárcenas, el cual advirtió que cerraba con llave y que en la misma no podía entrar ni la señora de la limpieza. El magistrado tampoco otorga credibilidad a su testimonio. "La formación política estaba asistida del derecho de acceder a la dependencia que había cedido Bárcenas para que llevara a cabo su actividad, como también del derecho de recuperar los enseres y medios materiales que había puesto a su disposición", resalta el juez.

La vista oral estaba fijada para el pasado mes de abril pero se acabó retrasando hasta junio. Su arranque ya estuvo envuelto en polémica ante la negativa del PP de retransmitir el juicio en directo, petición a la que accedió el magistrado. Lo que rechazó el juez fue resolver sobre la aplicación de la doctrina Botín al comienzo de la vista, tal y como pidió la defensa del partido. La misma plantea la posibilidad de librar de juicio al acusado si solo actúan contra él las acusaciones populares y no el Ministerio Fiscal, algo que ocurría en este procedimiento.

El instructor siguió adelante con la vista oral en la que declararon como testigos el propio Luis Bárcenas y María Dolores de Cospedal. El exgerente de la formación (en prisión tras su condena en el caso Gürtel) acusó al PP de mentir y expuso que tras su salida de la formación le impidieron entrar en el salón Andalucía de la sede de Génova para recuperar sus dispositivos electrónicos, los cuáles, según expuso, contenían información clave de la contabilidad opaca que el partido quería destruir.

Cospedal por su parte, volvió a evidenciar en sede judicial la patente enemistad que mantiene con el que fuera responsable de las cuentas del PP y dijo que bajo ningún concepto ordenó formatear los ordenadores que utilizaba el tesorero. Defendió la versión oficial del PP y dijo que se le intentó contactar en reiteradas ocasiones para que retirara sus enseres del despacho que ostentaba en el partido y del que fue desalojado tras salir a la luz de la gran fortuna que el entonces popular ocultaba en cuentas bancarias en Suiza.

El Ministerio Público ha jugado un papel crucial en todo el proceso en tanto se ha negado a acusar al partido. El motivo que alegó la fiscal Carmen Luciáñez fue que para acreditar la comisión de delito de daño informático se requiere daños a terceros; algo que no ocurre en este caso porque los ordenadores, siempre según su versión, son del PP. "Si partimos de la base de que el PP destruyó la contabilidad 'b' entendemos que esa información era del PP y por tanto no era ajena", dijo su turno final del juicio.

Cabe recordar que la formación popular fue condenada como partícipe a título lucrativo en la en la trama Gürtel. La sentencia sobre las actividades de los primeros años de la trama determinó que la formación era responsable civil al beneficiarse de una financiación paralela, la cual quedó acreditada por los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. En este mismo procedimiento se condenó a Bárcenas a 33 años de cárcel si bien el extesorero recurrió la resolución ante el Tribunal Supremo, por lo que todavía no ha adquirido firmeza.

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