El juez cita a declarar a Artur Mas y 10 diputados por el cerco al Parlament

  • El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha citado a declarar como perjudicados al presidente de la Generalitat, Artur Mas, y 10 diputados por el acoso que sufrieron el pasado 15 de junio al entrar en el Parlament cuando un grupo de indignados protestaba a la entrada de la Cámara catalana.

Madrid, 25 oct.- El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha citado a declarar como perjudicados al presidente de la Generalitat, Artur Mas, y 10 diputados por el acoso que sufrieron el pasado 15 de junio al entrar en el Parlament cuando un grupo de indignados protestaba a la entrada de la Cámara catalana.

Así lo ha acordado el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de este tribunal en un auto notificado hoy en el que cita a los once diputados para los próximos días 13, 14 y 15 de diciembre y da la posibilidad a Mas para que acuda a declarar a la sede de la Audiencia Nacional o se le tome declaración en su domicilio o despacho o lo haga por escrito.

Además de Artur Mas, el juez ha citado a los diputados de CiU Gerard Maria Figueres, Josep Maria Llop -diputado invidente al que los indignados trataron de arrebatarle el perro guía para impedirle llegar al Parlament-, Jordi Turul, Ana Isabel Marcos y Santi Vila.

Del PSC deben comparecer Ernest Maragall y Montserrat Tura; de ICV, Joan Boada y Salvador Milá, y de Solidaritat Catalana, Alfons López Tena.

Por el acoso a los diputados a la entrada de la Cámara catalana cuando iban a participar en el debate de los presupuestos autonómicos, con el que se abría la puerta a los recortes, el juez ha imputado a veinte personas por un delito contra las altas instituciones del Estado, a los que dejó en libertad con comparecencias quincenales los pasados 6 y 11 de octubre.

Además de la providencia en la que cita a los once diputados, Velasco ha dictado un auto en el que rechaza la solicitud de las defensas de los 20 imputados para que sean los juzgados catalanes los que investiguen estos hechos.

El juez considera que los hechos ocurridos podrían ser constitutivos de un delito contra las altas instituciones del Estado "al ser una actuación contra el Parlamento de Cataluña, una "institución del Estado que debe entenderse entre las protegidas como Alto Organismo de la Nación" haciendo una "interpretación sistemática" de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Código Penal.

En otro auto dictado hoy, Velasco también desestima la petición de cuatro de los veinte imputados que se personaron ante el juez el pasado 11 de octubre sin que se les hubiera notificado la citación judicial y para los que el magistrado acordó practicar la reseña fotográfica para una pericial fisionómica que los Mossos d'Esquadra no les habían realizado.

Los cuatro imputados consideraron que esa pericia afectaba a su derecho a la intimidad y al de la propia imagen, unos derechos que para el juez no se vulneran, "pues como ha señalado copiosamente la jurisprudencia para intervenciones de mayor entidad" el ámbito de la intimidad constitucionalmente protegido "se limita a las zonas corporales donde reside el recato o pudor".

Por ello, Velasco acuerda que se practiquen dichas reseñas fotográficas ante un Juzgado de Barcelona por miembros de la Policía Científica de los Mossos d'Esquadra y ante un secretario judicial con el objetivo de realizar la pericial fisionómica de contraste con las filmaciones y fotografías que están en la causa.

En relación a las seis detenciones que los Mossos d'Esquadra realizaron el 6 de octubre en la Ciutat de la Justicia de Barcelona cuando nueve de los imputados acudieron ante el juez de guardia para evitar su arresto, Velasco entiende que "en nada responden a supuestas intencionalidades políticas de exhibir contundencia y propiciar escarmientos".

A su juicio, se deben a la "necesidad procesal de añadir certeza más científica" a la identificación de los imputados hecha en el atestado, más aun, precisa el auto, cuando la imputación principal descansa mayoritariamente en filmaciones, "como prueban su mínima duración, las diligencias practicadas y la conducta de algunos de los investigados".

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