Madrid, 21 oct.- El juez Eloy Velasco interrogará mañana a Santos Llamas y Julio Fermoso, expresidentes de Caja España y Caja Duero, así como a los ex directores generales de ambas, Javier Ajenjo y Lucas Hernández, por "idear" las preferentes y deuda subordinada para capitalizar las entidades "a costa de los clientes".
El magistrado les llamó a declarar como imputados el pasado agosto después de que la sección tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional le obligara a admitir a trámite una querella que había archivado de la Unidad de Consumidores de Castilla y Leon (UCE) contra la cúpula de Caja España y Caja Duero.
Asimismo, ha citado para el próximo viernes a los ex directores financieros de Caja España, Antonio Fernández, y de Caja Duero, Arturo Jiménez, y a los ex directores comerciales de ambas.
Todos ellos estaban acusados en la querella de delitos de estafa, publicidad engañosa, administración fraudulenta o desleal y maquinación para alterar el precio de las cosas.
Velasco acordó además requerir diversa documentación a Caja España de Inversiones, Caja Duero y Banco CEISS, así como a la CNMV y al mercado AIAF (mercado español de referencia para la deuda corporativa o renta fija privada) sobre la emisión de participaciones preferentes y deuda subordinada en 2009 y 2010.
La sección tercera de la Sala de lo Penal es la misma que ordenó al instructor del "caso Bankia", Fernando Andreu, investigar al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa y a la cúpula directiva de esta entidad y de Bancaja por planificar la emisión de estos productos.
De hecho, en el auto en el que ordenaban a Velasco a investigar a los 8 responsables de Caja Duero y Caja España, reproducían los argumentos que ya esgrimieron entonces para acotar el objeto de la investigación a "la emisión y comercialización primaria de preferentes y deuda subordinada" en 2009 y 2010 y a las personas que "idearon" su comercialización.
Excluía así tanto su venta como el case interno de operaciones -órdenes de venta de los clientes con las de compra por parte de los inversores-, al considerar que no existe "un plan preconcebido" para beneficiar de forma individual a unos en perjuicio de otros, por lo que anima a los perjudicados por ello a acudir a la vía civil.
Los magistrados recuerdan que la CNMV calificó en 2011 de "malas prácticas" la forma en que las entidades casaron la oferta y la demanda de las preferentes, pero instaurando este sistema, lo que buscaron y "efectivamente consiguieron" fue "la creación de un instrumento rápido y sencillo para dar liquidez" a estos productos.
Por tanto, "el error y hasta el incumplimiento normativo de las entidades estriba en no haber cambiado el procedimiento cuando, a resultas básicamente de la crisis financiera", el valor razonable se alejó del nominal, convirtiendo un "procedimiento correcto" en una mala práctica.
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