El juez se planta y no aplica la 'doctrina Botín' a tres exconsejeros de Bankia

  • Jesús Pedroche, Estanislao Rodríguez-Ponga y Mercedes Rojo reclamaban que se archivara el caso al no ser acusados por el fiscal ni el FROB
Estanislao Rodríguez-Ponga, durante el juicio por las tarjetas 'black'
Estanislao Rodríguez-Ponga, durante el juicio por las tarjetas 'black'

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, en sustitución de Fernando Andreu, ha rechazado la pretensión de tres exconsejeros de Bankia de que se archivara el caso de la  salida a Bolsa de la entidad contra ellos por la 'doctrina Botín'. El magistrado considera que esos tres cargos -Jesús Pedroche, Estanislao Rodríguez-Ponga y Mercedes Rojo-, que plantearon la nulidad de la apertura de juicio contra ellos, no han alegado la vulneración de ningún derecho fundamental en sus escritos y considera que su reclamación debe plantearse ante la sección cuarta de la Audiencia Nacional, el tribunal que los juzgará, en las cuestiones previas a la vista.

Ni Pedroche -expresidente de la Asamblea de Madrid y exconsejero madrileño de Presidencia-, ni Rodríguez-Ponga -secretario de Estado de Hacienda del último Gobierno de Aznar- ni Rojo -exasesora de Esperanza Aguirre- han sido acusados por la Fiscalía Anticorrupción. Tampoco por el perjudicado por los delitos que se investigan (falsedad contable y estafa a inversores), el FROB. Solo la acusación popular de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC), dirigida por el expresidente de UPyD Andrés Herzog, pide que sean condenados. 

Esa es la razón por la que, después de que Andreu abriera juicio oral contra ellos, decidieron presentar un incidente de nulidad alegando la 'doctrina Botín', con el objetivo de no tener que sentarse en el banquillo. Esa interpretación, creada por el Tribunal Supremo y que sirvió para absolver al expresidente del Santander Emilio Botín en el caso de las cesiones de crédito en 2007, estableció que un proceso no podía seguir adelante sin la acusación del fiscal y del perjudicado por los delitos, únicamente con el impulso de la acusación popular.

El argumento, alegado para evitar sentarse en el banquillo junto a Rodrigo Rato y los demás acusados, ha sido rechazado por el juez. En primer lugar, porque los exconsejeros, según Moreno, no han alegado la vulneración de ningún derecho fundamental, un requisito recogido en la Ley Orgánica del Poder Judicial para invocar la nulidad de una resolución judicial. El magistrado recuerda además que los incidentes de nulidad solo se admiten por razones "excepcionales" que no se dan en el caso.

Respecto de la 'doctrina Botín', el juez no entra en el fondo del asunto. Se limita a asegurar que el momento para plantearla no es tras la apertura del juicio oral sino en el trámite de las cuestiones previas durante el juicio. Es decir, que los tres consejeros tendrán que sentarse en el banquillo y serán sus abogados los que tendrán que hacer valer esa doctrina ante el tribunal y no ante el juzgado instructor.  

Tras su implantación por el Supremo, la 'doctrina Botín' no ha tenido mucho éxito en los tribunales. La infanta Cristina la planteó en el juicio del caso Nóos para librarse del proceso, en el que solo la acusaba la acusación popular de Manos Limpias. Pero la Audiencia de Palma desestimó su petición -apoyada por el fiscal Pedro Horrach y la Abogacía del Estado- y tuvo que sentarse junto a su marido, Iñaki Urdangarin, en el banquillo de los acusados, aunque finalmente resultó absuelta.

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