El juzgado donostiarra rechaza entregar el caso de Fagor MasterCook a Polonia

  • El Juzgado de lo Mercantil número 1 de San Sebastián, que se encarga del concurso de acreedores de Fagor Electrodomésticos, ha desestimado la reclamación de varios bancos y proveedores polacos que pedían que el concurso de la filial MasterCook fuera entregado a los tribunales de Polonia.

San Sebastián, 12 mar.- El Juzgado de lo Mercantil número 1 de San Sebastián, que se encarga del concurso de acreedores de Fagor Electrodomésticos, ha desestimado la reclamación de varios bancos y proveedores polacos que pedían que el concurso de la filial MasterCook fuera entregado a los tribunales de Polonia.

El auto, firmado el pasado lunes por el titular de este juzgado donostiarra, Pedro José Malagón, y que ha sido difundido hoy, rechaza concretamente la alegación de falta de competencia para conocer el concurso de acreedores de MasterCook y se declara "expresamente competente".

Malagón desestima así una "declinatoria internacional" que alegaba que el tribunal de San Sebastián carecía de competencia, señalaba a la Justicia polaca como la realmente competente y pedía la entrega del caso a los tribunales de ese país centroeuropeo.

La reclamación fue promovida por los bancos polacos Bank Gospodarki, Bank Zachodni WBK y Mbank, así como por las filiales polacas de la entidad financiera francesa BNP Paribas y de la británica HSBC.

Junto a ellos, se sumaban a la reclamación dos proveedores polacos, el fabricante de piezas para electrodomésticos Neonet Spolka y el grupo dedicado a la transformación de plásticos Polmer.

En su declinatoria, los reclamantes polacos argumentaban que la actividad principal y el centro de negocios de MasterCook se encontraba en su país, por lo que entendían que el juez Malagón no podía ser competente en el concurso de acreedores de esta filial de Fagor.

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de San Sebastián rebate en su resolución cada una de las numerosas razones esgrimidas por los polacos y, entre otros argumentos, dice ser "competente para conocer la solicitud de concurso de las filiales comunitarias por tener el centro de intereses principales en el domicilio social de la entidad matriz" (Fagor Electrodomésticos S.Coop.) y detalla minuciosamente los "hechos que determinan" que se éste "se encuentra "en Mondragón".

El juez donostiarra afirma en su escrito que "las entidades bancarias, en especial las que promueven la declinatoria, conocían perfectamente que la concursada se dirigía desde Mondragón por el COMEX (Comité Estratégico) y que, por ende, es allí donde tenía el centro de sus intereses principales".

El auto da un plazo de veinte días a los reclamantes polacos para poder recurrir en apelación ante la Audiencia de Gipuzkoa.

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