El narcotraficante Rafael Bornia es condenado a otros nueve años de cárcel

  • La Audiencia de Las Palmas ha condenado a nueve años de cárcel y tres millones de euros de multa al narcotraficante Rafael Bornia Bordón, como responsable de la operación con la que se intentó introducir en Tenerife en 2010 dos maletas con 42,5 kilos de cocaína procedentes de Venezuela.

Las Palmas de Gran Canaria, 9 oct.- La Audiencia de Las Palmas ha condenado a nueve años de cárcel y tres millones de euros de multa al narcotraficante Rafael Bornia Bordón, como responsable de la operación con la que se intentó introducir en Tenerife en 2010 dos maletas con 42,5 kilos de cocaína procedentes de Venezuela.

La sentencia, hecha pública hoy, condena por el mismo delito (tráfico de drogas) a las otras dos personas detenidas tras la llegada de la droga al aeropuerto de Los Rodeos: Juan Espino, al que se le imponen siete años y medio de cárcel y dos millones de euros de multa, y Domingo Gabriel Rodríguez, castigado con seis años y medio de prisión y un millón y medio de euros de multa.

El tribunal absuelve, en cambio, al cuarto imputado en este proceso, Ángel Brito, por entender que no hay pruebas de que "realizase labores de intermediación en el pago, recepción y custodia de la droga por cuenta de Rafael Bornia y Juan Espino".

El principal acusado en este caso, Rafael Bornia, ya había sido condenado en 2006 por la Audiencia de Las Palmas a doce años de cárcel, también por tráfico de drogas. Con posterioridad, la Audiencia Nacional, le impuso siete años de prisión y 70 millones de euros de multa por un delito de blanqueo de capitales.

Durante la instrucción de esos procedimientos, se vio envuelto en un intento por obtener la mediación del entonces presidente de la Audiencia de Las Palmas, José Antonio Martín, para conseguir su excarcelación, un escándalo que le costó la carrera al magistrado, posteriormente absuelto y rehabilitado por el Tribunal Supremo.

El tribunal, que ha rechazado todas las cuestiones previas planteadas por las defensas, considera probadas las acusaciones contra los otros tres acusados, tanto por el material probatorio aportado como por el testimonio prestado por el agente encubierto José Luis Fernández Gómez.

Para el tribunal, su testimonio fue "claro, contundente y firme" en relación a cómo tuvo acceso a la organización que lideraban Rafael Bornia y Juan Espino, que le permitió conocer sus intenciones de introducir grandes cantidades de droga en las islas, primero por vía marítima y después por vía aérea, que se concretó con la llegada de dos maletas a Tenerife con más de cuarenta kilos de cocaína.

Además, sostiene que la versión del agente encubierto está avalada por el resultado de las intervenciones telefónicas, que evidencian que "Juan Espino y Rafael Bornia estaban claramente decididos a efectuar la importación de cocaína".

En relación al intento de las defensas de destruir la validez del testimonio del agente encubierto, al que presentaban como el provocador del delito y como el que ideó la operación, expone el tribunal que las comunicaciones electrónicas leídas en el plenario apuntan en sentido contrario.

"La versión dada por el agente encubierto se ajusta plenamente a lo acaecido y frente a ello, los acusados Rafael Bornia y Juan Espino, se acogieron a su derecho a no declarar", indica el tribunal, que añade que estos dos acusados no solo no negaron que mantuvieran esas conversaciones, sino que tampoco dieron una explicación del sentido que debía dárselas.

Además, tampoco estos dos acusados explicaron el motivo de su presencia en el aparcamiento del restaurante donde se procedió a la detención del propio Juan Espino y de Domingo Gabriel Rodríguez, al que el tribunal considera probado que era el comprador de una parte de la droga.

Los dos acusados se limitaron a afirmar que las operaciones para introducir la droga en España propuestas por el agente eran una "locura", pero se veían y conversaban con él y prepararon el envío de la cocaína desde Caracas a Tenerife, añade el tribunal en sus fundamentos.

El tribunal, que rechaza que la operación fuera provocada e ideada por el agente encubierto, señala que éste solo se limitaba a comprobar que existían planes en marcha por parte de Rafael Bornia y Juan Espino para introducir la droga en España, y únicamente, a requerimiento de ellos, simuló ayudarles para lograr la interceptación de la droga y la detención de las personas que estaban delinquiendo.

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