El Parlamento de Uruguay examinará la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad

  • Montevideo, 19 feb (EFE).- La Dirección Jurídica del Parlamento uruguayo respaldó hoy la calificación de inconstitucionalidad que hace dos días hizo el Gobierno sobre varios artículos de la Ley de Caducidad, por lo que la próxima semana se reunirá la Asamblea General del Legislativo para debatir esa normativa.

Montevideo, 19 feb (EFE).- La Dirección Jurídica del Parlamento uruguayo respaldó hoy la calificación de inconstitucionalidad que hace dos días hizo el Gobierno sobre varios artículos de la Ley de Caducidad, por lo que la próxima semana se reunirá la Asamblea General del Legislativo para debatir esa normativa.

La Ley de Caducidad fue aprobada en 1986 y refrendada en referendo en 1989, y por medio de ella se ha impedido que sean juzgados por sus crímenes los militares y policías que cometieron violaciones de los derechos humanos en tiempos de la dictadura uruguaya (1973-1985).

Esta resolución de inconstitucionalidad, respaldada por los legisladores oficialistas, fue comunicada al vicepresidente del país y presidente de la Asamblea General, Rodolfo Nin Novoa, quien convocó la reunión de las dos cámaras del Parlamento uruguayo para el miércoles próximo.

El Gobierno del izquierdista Frente Amplio avaló este martes la inconstitucionalidad de los artículos primero, tercero y cuarto de la Ley de Caducidad en su aplicación al caso concreto de una militante comunista asesinada en 1974.

Los diputados y senadores del gobernante Frente Amplio impulsaron este debate en la Asamblea General el día de ayer, toda vez que los grupos opositores, el Partido Nacional y el Colorado, son contrarios a un examen cuya competencia limita al Poder Judicial.

Si, al igual que hizo el Gobierno, el Poder Legislativo avala la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad en el caso presentado por la fiscal Mirtha Guianze, entonces sería la Suprema Corte de Justicia la encargada de emitir su dictamen, pues la eventual decisión de la Asamblea General no es vinculante.

La aceptación de una excepción en la aplicación de la Ley de Caducidad podría abrir las puertas al enjuiciamiento de los ahora ex militares y ex policías implicados en esos crímenes de estado y represión de la disidencia en los años de la dictadura.

El artículo primero de la Ley de Caducidad puesto en duda ahora establece que los policías y militares no serán enjuiciados por los delitos que cometieron durante la dictadura.

El argumento que rechaza este artículo afirma que tal punto vulnera el precepto constitucional de que todas las personas son iguales ante la Ley.

Los artículos tercero y cuarto establecen que cuando una causa que involucra hechos ocurridos durante la dictadura llega a un Juzgado el juez debe enviársela al presidente de la República para que éste decida si tal caso está o no amparado por la Ley de Caducidad.

El Ejecutivo, en tal oportunidad, debe participar también en la investigación según las denuncias que lleguen al Poder Judicial, lo que vulnera el principio constitucional de la separación de poderes.

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