Tras el fallo del Supremo

El 'procés 3.0': Del 9-N al desafío del Govern para no dar clases en castellano

Los antecesores de Pere Aragonès en la Presidencia de la Generalitat y exconsejeros han sido condenados a penas de inhabilitación por desobedecer los mandatos judiciales en respuesta al desafío independentista.​

Pere Aragonés
El 'procés 3.0': Del 9-N al desafío del Govern para no dar clases en castellano.
Europa Press

La declaración de intenciones del Govern de Pere Aragonès para no acatar el reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo que tumba el proyecto de inmersión lingüística en las aulas catalanas parece una especie de ‘deja vu’ de los episodios vinculados al desafío independentista que han tenido lugar en la última década y que han terminado en manos de la Justicia por, entre otros, la comisión del delito de desobediencia. Precisamente por esta conducta penal fueron condenados el expresidente de la Generalitat Artur Mas y sus consejeros Francesc Homs, Joana Ortega e Irene Rigau por organizar la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014, a lo que después se sumó la reclamación de casi cinco millones de euros por el Tribunal de Cuentas.

El intento de separar la Comunidad Autónoma de Cataluña de España y el no reconocimiento de las instituciones españolas se fue intensificando con el paso de los años y con la llegada a la Presidencia de la Generalitat de Carles Puigdemont, quien se encuentra huido de la Justicia. Se puede decir que el año clave para el ‘procés’ fue 2017, cuando el ex 'president' impulsó que el Parlament aprobara en septiembre las leyes de desconexión, lo que permitió la celebración de un referéndum declarado ilegal el 1 de octubre y posteriormente proclamara una Declaración Unilateral de Independencia (DUI), que quedó en suspenso.

Las últimas manifestaciones del conseller de Educación, Josep González-Cambray, que aseguró que el Gobierno le había dado todas las “garantías” para no aplicar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) -confirmada por el Supremo-, que ordena "adoptar las medidas que sean necesarias" para que la enseñanza sea, mínimo, un 25% en castellano, han levantado recelos entre los jueces, que recuerdan que las sentencias son “de obligado cumplimiento”. Pero el envite no quedó aquí, pues mediante una carta, animó a los directores de los colegios a seguir adelante con sus proyectos lingüísticos y no cumplir el porcentaje exigido por la justicia.

La decisión del Alto Tribunal, que no entró en el fondo del asunto, de ratificar la sentencia del TSJC se dio a conocer en un momento crucial para el Gobierno de Pedro Sánchez, que se encontraba pendiente de aprobar los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que finalmente recibió luz verde del Congreso de los Diputados este jueves con una una mayoría de 188 votos. Y es que las horas previas a la votación, como suele ocurrir en estos casos, fueron determinantes. El Ejecutivo pactó con ERC, partido del que forma parte el actual presidente de la Generalitat, que las plataformas como Netflix, HBO, Disney+ o Amazon Prime oferten, como mínimo, un 6% de sus contenidos en catalán, euskera o gallego, una medida que se incluirá en la Ley General de Comunicación Audiovisual.

Así las cosas, son varios los hechos que permiten encontrar similitudes entre unos y otros procedimientos, que han terminado con condenas por desobedecer sentencias judiciales que han puesto freno al desafío independentista . Así ocurrió con el 9-N, que acabó con la inhabilitación por unos meses de Mas y sus consejeros por desobedecer al Tribunal Constitucional y la devolución del dinero público utilizado para organizar la consulta. El ‘procés’ liderado por Puigdemont tuvo unas consecuencias más duras. El Tribunal Supremo condenó a penas de entre 9 y 13 años al exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, a cinco exconsejeros, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, además de los líderes de las asociaciones ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, por sedición, malversación de fondos públicos y desobediencia. Finalmente, todos ellos han sido indultados por el Gobierno.

Pendientes del Tribunal de Cuentas

Solo tres exconsejeros -Meritxell Borràs, Carles Mundó y Santi Vila- se libraron de los delitos más graves, si bien fueron castigados con la inhabilitación por desobediencia. Lo mismo ocurrió con los miembros de la Mesa del Parlament que tramitaron las resoluciones relativas al proceso independentista. Además, cabe destacar que muchos de los altos cargos de la Generalitat que participaron en estos hechos están pendiente de juicio por organizar el 1-O, así como de ser enjuiciados en el Tribunal de Cuentas en un procedimiento contable junto a Mas, Puigdemont, Junqueras y algunos de los exconsellers por el uso de fondo de las arcas públicas para la celebración del referéndum (que se estima en 4,1 millones de euros) y la promoción del independentismo en el extranjero (por un importe provisional de 5,4 millones).

Aunque el Tribunal Supremo afirma en su sentencia que existen diferencias entre el 9-N y el 1-O porque en la primera “no habían sido promulgadas las leyes de transitoriedad y del referéndum”, ni se habían producido “incidentes y movilizaciones”, como ocurrió el 20 de septiembre de 2017 ante la Consejería de Economía, dificultando el registro de la sede, o durante los altercados entre policías y ciudadanos a las puertas de los colegios electorales el día de la jornada de votación ilegal; para Puigdemont, que está procesado en rebeldía, la consulta de 2014 fue el espíritu de lo que luego tuvo lugar, ya que “marcó el inicio de un proceso político, institucional, social”. Así lo dijo el pasado 9 de noviembre de 2021 después de que Francesc Homs anunciara que ha llevado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) su condena de inhabilitación por participar en el montaje de la primera votación.

Inhabilitado por no retirar los lazos

Así las cosas, tras la huida de Puigdemont, éste dio el relevo la Presidencia, en mayo de 2018 a Quim Torra, quien también ha tenido que enfrentarse a la justicia. En septiembre de 2020 tuvo que dejar su cargo, después de que el Tribunal Supremo confirmara la condena impuesta por el TSJC a un año y seis meses de inhabilitación por desacatar de manera “reiterada” las órdenes de la Junta Central Electoral para que retirara de los edificios oficiales de la Generalitat tanto las pancartas pidiendo la libertad de los “presos políticos”, como los lazos amarillos, símbolo de esta reclamación, durante la campaña de las elecciones generales del 2019. También el expresidente del Parlament Roger Torrent y los entonces miembros de la Mesa están a un paso del juicio por omitir las decisiones del máximo intérprete de la Constitución que les prohibió tramitar resoluciones independentistas.

Pere Aragonès ocupa el despacho presidencial de la Generalitat desde el pasado mes de mayo y en la última semana ya tenido un roce con la Justicia. La intención de no cumplir el fallo que obligar a dar, al menos, un 25% de las clases en castellano volvió a ser expresado este viernes en una rueda de prensa organizada por la Facultad de Comunicación de la Universidad Pompeu Fabra (UPF), donde ha defendido que no cambiará el modelo lingüístico en las escuelas de Cataluña y ha avisado que, por ende, tampoco instará a los centros educativos a que modifiquen su manera de impartir enseñanza, ya que se está buscando “caminos de blindaje jurídico”.

Fuentes jurídicas consultadas por este diario señalan que cualquier particular que se sienta perjudicado por estas actuaciones, como puede ser una familia o miembro del centro docente, puede acudir al TSJC para que obligue a ejecutar la sentencia ya firme sobre la inmersión lingüística. En este sentido, las mismas fuentes indican que tras varios apercibimientos de las consecuencias administrativas y penales que puede tener no seguir los criterios marcados por la justicia, los magistrados del tribunal superior pueden instar a abrir un procedimiento penal por desobediencia. Eso sí, precisan que para que esta investigación penal alcance a las máximas autoridades catalanas tiene que constatarse que el desacato es una situación generalizada y que tiene su origen en una determinada instrucción.

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