El psoe recurre ante el constitucional y la audiencia nacional la amnistía fiscal


El PSOE presentará este lunes un recurso de inconstitucionalidad contra la normativa aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy que regula lo que los socialistas consideran una amnistía fiscal.
El recurso que se presentará ante el Constitucional pide la nulidad de la Disposición Adicional Primera del Real Decreto Ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público.
El PSOE presentará este lunes otro recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional contra la orden ministerial que desarrolla esta disposición adicional.
Para el PSOE, la norma impugnada ante el Constitucional vulnera doblemente la Carta Magna, ya que considera que la legislación es competencia del Parlamento y, por lo tanto, no le corresponde en exclusiva al Gobierno, y, además, entiende que la normativa constituye “una flagrante vulneración del principio de igualdad”.
Los recurrentes señalan que la ‘amnistía fiscal’ establece un régimen jurídico “mucho más favorable para los incumplidores de las normas jurídicas que para los cumplidores de las mismas”.
“Así”, explican en el recurso, “la fórmula extraordinaria de regularización fiscal es frontalmente contraria a los principios constitucionales de igualdad, proporcionalidad y progresividad que presiden nuestro sistema tributario. O dicho de otra forma, no se respetan los principios constitucionales de generalidad en la imposición del gravamen, justicia en la carga tributaria y pago según la capacidad contributiva”.
Además, el PSOE destaca que se crea una figura hasta ahora desconocida en el modelo español de gestión tributaria, ya que se trata de una declaración tributaria 'ad hoc' mediante la que el contribuyente reconoce la titularidad de bienes o derechos procedentes de rentas no declaradas en periodos impositivos anteriores, y sobre el valor de dichos elementos patrimoniales aplica un porcentaje para obtener el importe a ingresar a la Hacienda Pública.
En consecuencia, el contenido de esta norma revela, según consta en el recurso, “la estructura de un nuevo gravamen, de carácter temporal, naturaleza personal y directa, de sujeción voluntaria y, lo que resulta más llamativo, alternativo al Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas (IRPF), al Impuesto sobre Sociedades (IS) y al impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR)”.

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