Confirmadas por la Audiencia Nacional

El Real Madrid eleva al TS las multas por ahorrarse el IVA de los representantes

El Alto Tribunal admite a trámite los recursos del club para crear jurisprudencia sobre si un tribunal puede tomar su decisión en base a una norma privada como el Reglamento de los Agentes de los Jugadores.

El presidente de ACS, Florentino Pérez
El presidente de ACS y del Real Madrid, Florentino Pérez.
EFE

Tiempo de descuento en la batalla jurídica que disputa el Real Madrid contra la Agencia Tributaria. El club blanco ha llevado hasta el Tribunal Supremo las sanciones tributarias impuestas en 2017 y 2018 por deducir indebidamente el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) relativos a las comisiones abonadas a los agentes de los futbolistas por mediar en operaciones de fichajes y modificaciones de contratos. Una cuestión que será analizada por el Alto Tribunal, según ha podido constatar La Información, debido a la inexistencia de jurisprudencia sobre esta cuestión y con el objetivo de formar un criterio unánime a seguir por los distintos tribunales.

El equipo que preside Florentino Pérez ha recurrido las sentencias que dictó la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional los pasados 26 de mayo y 2 de junio, por las que confirmó las sanciones de Hacienda correspondientes a varios ejercicios fiscales comprendidos entre los años 2011 y 2016. En concreto fueron cinco resoluciones en las que el tribunal no dio validez a las explicaciones que dio el Real Madrid acerca de que los representantes de los futbolistas trabajaron como intermediarios en operaciones que son de interés para el club. Es decir, que la función de los representantes es que dos partes lleguen a un acuerdo y, por ello, prestan sus servicios a un determinado equipo (que es quien les contrata) y les remunera para que medien en el fichaje de un jugador, con independencia de que éste también pueda resultar beneficiado, argumentaron los abogados.

Al respecto los magistrados indicaron que la labor del intermediario y del agente no es la misma y, por ello, ven "imposible" que el equipo pague la tarea de mediación a quienes han negociado los traspasos, fichajes, renovaciones o modificaciones de contratos. Además, las sentencias añaden que, por los documentos examinados por Hacienda, no parece que el equipo sea quien escoja a los agentes para realizar una operación concreta, sino que más bien "le viene propuesta por cada jugador". Cabe recordar que la Agencia Tributaria comenzó a inspeccionar en 2015 a los equipos de fútbol para averiguar si era una práctica habitual que estos se hicieran cargo de las comisiones abonadas a los representantes de sus jugadores por realizar gestiones para la contratación o para la negociación de diversos aspectos de los contratos, permitiendo así que los futbolistas pudieran ahorrar un pellizco en la declaración de la renta.

Necesidad de una "intermediación dual"

Según explica la Audiencia Nacional en sus fallos, con estas decisiones no se cuestiona que los clubes puedan pagar comisiones a los agentes deportivos por contrataciones o traspasos, sino si ha quedado acreditada una "intermediación dual" pactada y que, por tanto, el pago de determinadas cantidades no se ha realizado a nombre del jugador. Así, en el caso del conjunto blanco, el tribunal asume el criterio impuesto por el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), primer organismo que dio el visto bueno a las sanciones de la Agencia Tributaria, y señala que, cuando la transacción monetaria se produce entre la entidad y el agente, en realidad el representante está prestando un servicio al jugador y el equipo paga ese trabajo por cuenta del futbolista.

Para llegar a esta conclusión, los magistrados revisaron el Reglamento sobre los Agentes de Jugadores (RAJ) aprobado por el Comité Ejecutivo de la FIFA en 2007. El Real Madrid ya alegó que Hacienda no había interpretado de forma correcta dicho reglamento, que no tiene naturaleza de norma jurídica, e insiste en ello en los recursos presentados ante el Tribunal Supremo. El club de Chamartin fundamenta principalmente en este último aspecto sus escritos y cuestiona que la Audiencia Nacional haya basado su decisión en una norma sobre la que no existe jurisprudencia y que está ocasionando pronunciamientos diferentes en distintos tribunales

Así, tras estudiar las alegaciones del Real Madrid, el Alto Tribunal ha aceptado estudiar el asunto para "determinar si la Administración puede ejercer la facultad de calificación que le otorga la Ley General Tributaria amparándose en normas de carácter privado", como es el Reglamento de los Agentes de los Jugadores, según indica en tres autos con fecha del pasado 9 de marzo, que han podido ser consultados por La Información. También para aclarar "si el contribuyente puede instar la rectificación y la correspondiente devolución de ingresos" abonados en una liquidación complementaria con el fin de evitar ser sancionado. Asimismo, el Supremo aprovechará este caso para unificar doctrina, pues, tal y como indica el Real Madrid en sus escritos, existen pronunciamientos de otros tribunales distintos al de la Audiencia Nacional.

La sentencia del TSJA

Es el caso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que dio la razón en mayo de 2021 a un jugador de fútbol que recurrió una multa de Hacienda por el IRPF de los ejercicios 2009 a 2012 en una situación similar a la del Real Madrid. Este tribunal consideró que no tenía "ninguna trascendencia" el hecho de que el artículo 19.8 del Reglamento de los Agentes de los jugadores establezca que el agente "únicamente puede representar los intereses de una sola parte y no puede tener un contrato de representación", ya que dicha normativa no puede "contradecir lo que resulta de la realidad". En cualquier caso, el tribunal apuntó que "una eventual transgresión o incumplimiento de lo regulado podrá tener, en todo caso, consecuencias en el ámbito propio de su aplicación", pero no en la aplicación de los tributos. Así, concluye que "no puede sostenerse, como hace la Administración, que el agente necesariamente presta servicios a los clubes o al jugador, pero no a ambas partes a la vez".

Con todo ello, el Supremo vuelve a entrar en el terreno de juego para resolver las disputas entre jugadores o equipos y Hacienda. La Agencia Tributaria también puso bajo lupa las sociedades creadas por futbolistas para gestionar los derechos de imagen para impedir que a través de ellas tributaran el Impuesto de Sociedades, en vez del IRPF. Uno de los casos más conocidos es el del defensa del F.C Barcelona Gerard Piqué, a quien el Tribunal Supremo, en contra del criterio marcado previamente por la Audiencia Nacional, eximió de pagar una multa de 2,1 millones de euros. El Alto Tribunal consideró que el jugador catalán no simuló contratos para gestionar sus derechos de imagen y que las cotizaciones que abonó a la Seguridad Social británica mientras jugaba en el Manchester United cuentan como "gasto deducible" del IRPF relativos a los años 2008, 2009 y 2010.

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