El Senado brasileño aprueba proyecto que tipifica la desaparición forzada

  • El pleno del Senado de Brasil aprobó hoy un proyecto de ley que tipifica el delito de desaparición forzada de personas, que aún tendrá que ser votado en la Cámara de Diputados antes de que pueda ser sancionado.

Brasilia, 27 ago.- El pleno del Senado de Brasil aprobó hoy un proyecto de ley que tipifica el delito de desaparición forzada de personas, que aún tendrá que ser votado en la Cámara de Diputados antes de que pueda ser sancionado.

El proyecto, que modifica el Código Penal, define la desaparición forzada como "cualquier acción de retener, detener, secuestrar, arrebatar, mantener en celda clandestina, impedir la libre circulación o cualquier otro modo de privar a alguien de su libertad".

"La desaparición forzosa es uno de los crímenes más graves en el mundo. Su no tipificación es una omisión legislativa que tiene que ser reparada", afirmó el ponente del proyecto, senador Pedro Taques, líder del oficialista Partido Democrático Laborista (PDT).

Según el senador, su tipificación forma parte de un esfuerzo de Brasil para superar los traumas provocados por las violaciones sistemáticas a los derechos humanos que se registraron en el pasado en el país, muchas veces cometidas por agentes al servicio del Estado.

Taques aludió de esa forma al régimen militar que gobernó a Brasil entre 1964 y 1985, al que se le atribuyen centenas de desapariciones que nunca fueron juzgadas.

El senador Vital do Rego, otro de los ponentes, aseguró que en Brasil el crimen de desaparición forzada tan sólo es definido a partir de los tratados internacionales sobre el asunto ratificados por el Congreso, pero que hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos recomendó que el país aprobase una legislación propia.

La propuesta aprobada hoy establece una pena de entre 6 y 12 años de prisión para las personas que priven ilegalmente a alguien de la libertad, bien sea por iniciativa individual o como integrante de una organización criminal, paramilitar o del propio Estado.

Las mismas penas están previstas para las personas que se abstengan de denunciar a las autoridades la localización de un desaparecido o que encubran el crimen.

Las penas se elevan a entre 12 y 24 años de prisión si el acusado se vale de tortura o de otros medios crueles para someter a quien está privado de libertad, y a entre 20 y 30 años si le provoca la muerte.

El proyecto establece como agravantes que pueden aumentar la pena la desaparición por más de 30 días, la participación de funcionarios públicos en el crimen o si las víctimas son menores de edad, ancianos o mujeres embarazadas.

Igualmente prevé reducción de la pena para el acusado que colabore con la investigación y ayude en la localización de la víctima.

"El Senado está supliendo un vacío muy grande. En el estado de Río de Janeiro el número de desaparecidos superan hasta el de homicidios", afirmó el senador Lindbergh Farias al recordar que el año pasado se registraron 5.934 personas desaparecidas en el estado que representa.

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