El Supremo absuelve a tres acusados de pertenecer a Segi en Navarra

  • El Tribunal Supremo ha absuelto del delito de pertenencia a banda armada a tres personas y ha confirmado la pena a otras dos, previamente condenados todos ellos por la Audiencia Nacional por formar parte de la organización Segi y protagonizar actos de violencia callejera en Navarra en 2007 y 2008.

Madrid, 24 jul.- El Tribunal Supremo ha absuelto del delito de pertenencia a banda armada a tres personas y ha confirmado la pena a otras dos, previamente condenados todos ellos por la Audiencia Nacional por formar parte de la organización Segi y protagonizar actos de violencia callejera en Navarra en 2007 y 2008.

En una sentencia conocida hoy, el Supremo absuelve a Aritz Azcona Domínguez, Mikel Jiménez Martín y Maider Caminos Mirando porque "no hay prueba de cargo validada aportada al proceso suficiente para enervar la presunción de inocencia", con lo que corrige a la Audiencia Nacional.

Por otra parte, el alto tribunal confirma el fallo de la Audiencia por lo que respecta a Luis Goñi Lara y Xabier Sagardoy Lana, quienes resultan condenados a seis años de cárcel por pertenencia a banda armada.

La sentencia de la Audiencia Nacional, que el fiscal pidió confirmar, consideró probado que los cinco integraban un grupo que realizó actos de violencia callejera en Navarra entre 2007 y 2008.

Sin embargo, la defensa de los condenados argumentó ante el tribunal en la vista de su recurso contra la condena que "no existen pruebas de cargo para demostrar que eran miembros activos de Segi", porque no todas las personas que participan en actos de violencia callejera forman parte de manera estable de dicha organización.

Por tanto, más allá de la condena por los hechos concretos, tres de los imputados no ven añadida la pena por pertenencia a banda armada, mientras que el Supremo considera que contra Luis Goñi y Xabier Sagardoy sí hay evidencias de que, además, eran miembros estables de Segi.

Los condenados fueron detenidos por la Guardia Civil el 23 de agosto de 2008 a raíz de una investigación dirigida a identificar a los miembros de un grupo de violencia callejera en la localidad navarra de Barañain.

La sentencia condenatoria consideró probado que los condenados, "siempre coordinados entre sí, venían interviniendo en diferentes actuaciones propias de la violencia callejera a la que se dedica la organización desde finales de 2007".

Para llegar a esta conclusión valoró pruebas como las declaraciones inculpatorias de los condenados -que realizaron en sede policial tras ser detenidos en 2008, en las que admitían conocer a varios de sus compañeros- y la existencia de zulos donde guardaban el material, así como a los numerosos documentos y objetos para financiar Segi incautados en sus respectivos domicilios.

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