El Supremo anula unas oposiciones que pedían catalán para puestos estatales

  • El Tribunal Supremo ha anulado unas oposiciones convocadas por la Generalitat de Cataluña porque exigían el conocimiento del catalán para unos puestos de funcionario que tenían "habilitación estatal" y no necesariamente debían estar destinados para esa comunidad autónoma.

Madrid, 11 oct.- El Tribunal Supremo ha anulado unas oposiciones convocadas por la Generalitat de Cataluña porque exigían el conocimiento del catalán para unos puestos de funcionario que tenían "habilitación estatal" y no necesariamente debían estar destinados para esa comunidad autónoma.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local recurrió contra las oposiciones "a la sub-escala de intervención-tesorería, categoría de entrada, de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal".

El motivo era que incluían una prueba de conocimiento de la lengua catalana de carácter obligatorio y eliminatorio, lo que colocaba en situación de desigualdad injustificada a determinados aspirantes.

El Supremo acepta el recurso contra la convocatoria del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas de la Generalitat catalana, por la que se convocaron pruebas selectivas para el acceso.

Lo hace con el argumento de que se trataba, dice la sentencia, de puestos con habilitación estatal y porque quienes accedían a ellos no necesariamente tienen que ocupar plaza en Cataluña.

"La valoración del conocimiento de la lengua catalana tiene explicación y justificación para la ocupación de puestos en Corporaciones locales de Cataluña, y es por ello razonable que se valore ese conocimiento en los concursos de provisión que sean convocados para ocupar puestos en el ámbito territorial de Cataluña", argumenta el Supremo.

"Pero ese mismo conocimiento resulta innecesario para el desempeño de puestos en otras Comunidades Autónomas, a los que también pueden concursar, como ya se ha dicho, quienes hayan obtenido la condición de funcionario con habilitación de carácter estatal", añade.

"Tratándose de un proceso selectivo dirigido a obtener la condición de funcionario estatal, con posibilidad de servir puestos en cualquier Corporación local de España, carece de justificación razonable establecer como una parte o fase de ese proceso selectivo, con el carácter de obligada y eliminatoria, una prueba sobre conocimientos de lengua catalana", dice también el Supremo.

De este modo, la prueba de catalán "coloca en una situación de injustificada desigualdad, en relación con quienes concurran en los convocados en otros territorios, a las personas que deseen participar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionarios de habilitación estatal convocados por la Generalitat de Cataluña", concluye.

Mostrar comentarios