El Supremo condena a 6 traficantes pese al posterior robo del alijo a la Policía

  • Sevilla.- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a seis personas que fueron detenidas con 16,5 kilos de cocaína en Dos Hermanas (Sevilla) porque la naturaleza de lo incautado "no se cuestiona" pese a que el alijo es uno de los robados posteriormente en la Jefatura de Policía de Sevilla.

El Supremo condena a 6 traficantes pese al posterior robo del alijo a la Policía
El Supremo condena a 6 traficantes pese al posterior robo del alijo a la Policía

Sevilla.- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a seis personas que fueron detenidas con 16,5 kilos de cocaína en Dos Hermanas (Sevilla) porque la naturaleza de lo incautado "no se cuestiona" pese a que el alijo es uno de los robados posteriormente en la Jefatura de Policía de Sevilla.

El Supremo, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, confirma el fallo anterior de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, si bien sitúa la condena en ocho años y medio de cárcel para cada acusado, frente a las penas de entre diez y doce años impuestas inicialmente, porque no aplica la agravante de pertenecer a una organización.

El TS recoge la "singular gravedad" del robo de la droga y la "flagrante vulneración de los deberes de custodia" que concurren en el caso, lo que impidió comprobar que la sustancia intervenida era cocaína y no sacarosa, como arrojó el análisis posterior al robo de la droga y su sustitución por otras sustancias.

Este ha sido el primer pronunciamiento del Supremo sobre uno de los alijos afectados por el robo de 150 kilos de cocaína y heroína en el depósito de la Jefatura de Policía de Sevilla, descubierto en 2008, por el que cumplen prisión incondicional Lars S.M., un exagente de la Unidad contra la Droga y el Crimen Organizado (UDYCO) de la Policía, y su presunto cómplice.

El Estado -dice el Supremo- tiene una responsabilidad "en el quebrantamiento del depósito y custodia de la más importante prueba de convicción" del proceso, pero una vez desaparecida la droga, no se ha vulnerado el derecho de los acusados a un proceso con todas las garantías.

La imposibilidad de hacer una prueba de contraste de lo incautado no supone una vulneración del derecho a valerse de todos los medios de prueba, sino que se trata de una "prueba inviable" por la "imposibilidad sobrevenida en su ejecución", según la sentencia.

Por ello, el Supremo confirma la condena a los traficantes, que fueron detenidos el 12 de junio de 2007 por un alijo de 16,5 kilos de cocaína hallado en el maletero de un coche en Dos Hermanas (Sevilla).

La droga intervenida fue sometida a dos pruebas, la primera mediante el llamado "narcotest" que arrojó un resultado positivo a cocaína, y otro "ajustado a los protocolos habituales" que detectó una pureza de cocaína de entre el 76 y 73 por ciento, lo que llevó a la Audiencia Nacional a concluir que lo incautado era, efectivamente, cocaína.

Se trata de un razonamiento "que en modo alguno puede considerarse arbitrario", con independencia de la "lamentable desaparición de tan relevante cantidad de cocaína" que "está siendo investigada en otro procedimiento", recuerda el Supremo.

El veredicto, además, rebaja la pena a otro de los condenados por un error mecanográfico de la Audiencia Nacional, ya que le atribuyó la agravante de reincidencia pero en el relato de hechos recogía su ausencia de antecedentes penales.

Los condenados son el iraní M.K.M., la colombiana C.I.C.P., el marroquí A.E.H., el español J.S.C. y los sevillanos J.C.H. y A.G.M.

Mostrar comentarios