Desestima el recurso de accionista minoritarios

El Supremo confirma la absolución de Rato por la salida a Bolsa de Bankia

Ratifica íntegramente la sentencia que dictó la Audiencia Nacional en septiembre de 2020, en la que rechazó condenar a 34 acusados porque la operación contó con la aprobación de todos los supervisores.

Rato en la salida a bolsa de Bankia en el 2011. EFE
Rato en la salida a bolsa de Bankia en el 2011.

El Tribunal Supremo ha confirmado íntegramente la absolución de los 34 acusados por la salida a Bolsa de Bankia. El Alto Tribunal ratifica que ni el expresidente de la entidad, y exdirector gerente del FMI, Rodrigo Rato, y el resto de las personas que fueron sentadas en el banquillo cometieron ningún delito de estafa y falsedad contable en esta operación bursátil, ya que, como indicó la Audiencia Nacional en su resolución dictada en septiembre de 2020, contó con la aprobación de todos los supervisores (Banco de España, CNMV, FROB y EBA) y que el folleto contenía una "amplia y certera" información tanto financiera como no financiera.

Según han confirmado fuentes jurídicas a La Información, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha notificado este viernes a las partes la sentencia en la que se desestima los recursos de casación que interpusieron las acusaciones ejercidas por la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec), y la empresa Bochner España contra la sentencia de la Audiencia Nacional que vio la luz tras 11 meses de deliberaciones, después de la celebración del juicio durante 10 meses de juicio y un total de 74 sesiones, y ocho años después de que arrancara la investigación de la causa.

La Audiencia Nacional destacó en su sentencia que la decisión de Bankia de salir a Bolsa en julio de 2011 fue "intensamente supervisado con éxito" por todas las instituciones, que dieron su visto bueno a la operación, así como "la determinación de hacerlo con la estructura de doble banco". Es más, apuntó que el Banco de España aprobó todo ello "después de calibrar las ventajas y los inconvenientes que dichas decisiones conllevaban". A ello añadió que la integración de las siete cajas -entre ellas Caja Madrid y Bancaja- fue "impulsada por las autoridades económicas y monetarias", en el marco de un proceso que estuvo bajo el control del máximo organismo supervisor. 

Por todo ello, los magistrados que consideraron que ni Rato (que afrontaba una petición de cárcel 8 años y medio) ni el resto de los acusados, entre los que se encuentran José Luis Olivas, José Manuel Fernández Norniella, Ángel Acebes, Ildefonso Sánchez Barcoj o Francisco Verdú, eran responsables de la caída de la entidad nacionalizada. De este modo, rechazaron las tesis de la Fiscalía Anticorrupción, que calificaron de "proclamas basadas en premisas cuya veracidad están huérfanas de pruebas y en las que reina la total carencia de precisión de acontecimientos".

"No hay error en la prueba"

Ahora el Tribunal Supremo, en una sentencia de 178 páginas, ha asumido todos los argumentos expuestos por la Audiencia Nacional y afirma, en contra de lo manifestado por las dos acusaciones recurrentes, que está suficientemente motivada y que no hay error en la valoración de la prueba que se realizó durante la vista oral. "No se advierte error palmario alguno, ni argumentos apodícticos o absurdos" que hagan necesario anular la resolución de instancia, concluyen los magistrados del Alto Tribunal.

En este sentido, el Supremo subraya que la Audiencia Nacional tuvieron muy en cuenta las declaraciones de los testigos, a través de los cuáles se acreditó "la realidad de la existencia de provisiones de Bankia más que suficientes cuando salió a Bolsa, y además que las mantuvo en fechas posteriores y resultaban suficientes para cubrir los dos próximos años, como se decía en los informes de seguimiento del Banco de España". Así, ante la queja de los recurrentes de que el fallo se alejaba de lo que concluyeron los peritos que fueron propuestos por las conclusiones, los magistrados del Alto Tribunal sostienen que ello no implica que "la decisión se adoptara de forma arbitraria o carente de cualquier fundamento reconocible y acompasado a la racionalidad". 

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