El supremo ordena retirar la ‘parot’ a otros seis etarras


La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido retirar la aplicación de la ‘doctrina Parot’ a los etarras Ignacio Pujana, Juan José Legorburu, Carmen Guisasola, Andoni Cabello, José Ignacio Etxeberria y Juan Ramón Rojo, a los que se les prolongó su estancia en prisión, en virtud de la sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Los siete magistrados que han compuesto la Sala de lo Penal, presididos por Juan Saavedra, han decidido comunicar su decisión a la Audiencia Nacional para que sea este tribunal el que ordene la excarcelaciones o las exenciones de las responsabilidades penales para los seis presos etarras, según informaron fuentes del Supremo.
Tanto Etxeberria como Rojo, de hecho, se encuentra ya en libertad, por lo que la Audiencia Nacional se debería limitar a declara extinguidas sus responsabilidades penales. Pujana y Legorburu, por su parte, forman parte del grupo de etarra arrepentidos de la denominada ‘vía Nanclares’ y se encuentran en libertad condicional.
Los seis afectados fueron los últimos presos que recurrieron al Alto Tribunal la aplicación de la ‘Parot’.
CRITERIO DEL SUPREMO
Los magistrados han decidido aplicar el criterio establecido por el propio Supremo el pasado 12 de noviembre, cuando decidió dejar sin efecto la ‘doctrina Parot’. El Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo acordó además dejar en manos de los tribunales sentenciadores las decisiones sobre las excarcelaciones. En el caso de los condenados por terrorismo, esta decisión corresponde a la Audiencia Nacional.
Este tribunal ha excarcelado hasta la fecha a 55 presos, entre ellos a 49 etarras.

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