El supremo rebaja de seis a dos años de cárcel la condena al expresidente de barça núñez por sobornar a inspectores de hacienda


La Sala Penal del Tribunal Supremo ha decidido rebajar de seis años a dos años y dos meses de cárcel la condena impuesta al expresidente del FC Barcelona José Luis Núñez por participar en una trama de inspectores de Hacienda que, en connivencia con determinados empresarios, favorecían el ahorro fiscal de estos últimos a cambio de dinero o dádivas.
El Supremo también ha rebajado, en este caso de 13 años a seis años y diez meses de cárcel, la condena impuesta al exinspector jefe de Hacienda en Cataluña José María Huguet.
El Alto Tribunal, en concreto, ha estimado los recursos de casación interpuestos por Núñez, Huguet y por otros 12 condenados en julio de 2011 por la Audiencia de Barcelona.
La sentencia hecha pública este miércoles, de 392 folios y de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, analiza como cuestión principal la calificación como delito de falsedad de la omisión consciente de datos fiscales relevantes que realizaron algunos de los inspectores en las actas de liquidación, datos que de haberse incluido habrían llevado a una liquidación distinta. La resolución distingue entre lo que serían juicios de valor del inspector, que no llevan a la mendacidad propia de la falsedad por omisión, y los datos fácticos que sí son relevantes fiscalmente.
RELEVANCIA ECONÓMICA
Frente a la alegación de la defensa de Huguet de que éste no podía detectar esas omisiones, la sala afirma que “dada la naturaleza de las operaciones de riesgo fiscal, como las que estaban detrás del acta, y la gran relevancia económica de las operaciones, no resulta creíble que el jefe regional se limitase a una supervisión meramente formal del acta”.
El tribunal tiene en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas, que atribuye, entre otras razones, a la “cuestionable decisión” de las instancias anteriores de acumular hasta siete piezas en un solo procedimiento y a la “disparatada prolongación de las sesiones del
juicio oral”.
Los hechos sobre los que hoy se ha pronunciado el Supremo tuvieron lugar hace veintiún años y desde el comienzo de la investigación hasta que se dictó la primera sentencia transcurrieron doce años y medio.
La sala muestra también su extrañeza por el hecho de que no se formulara acusación por delito de fraude fiscal y añade que esa decisión determina dejar sin efecto la responsabilidad civil declarada por la Audiencia de Barcelona.
Sin embargo, los magistrados recuerdan que las conductas constitutivas de infracción penal implican la nulidad de los actos –en este caso, de las actas de liquidación-, por lo que se abre la vía a que el Estado realice las liquidaciones correspondientes que dejaron de practicarse correctamente en su momento.
El Tribunal decreta el comiso del dinero o de las dádivas recibidos por los funcionarios de Hacienda, que ascendieron a más de tres millones de euros.
Entre los condenados hay cinco inspectores financieros y tributarios: José María Huguet, a quien se impone una pena de 6 años y 10 meses de prisión y de 8 de inhabilitación; Manuel Abella (6 años y 6 meses de prisión y 2 años de suspensión de empleo o cargo público); Roger Bergua (2 años de cárcel); Álvaro Pernas (2 años de cárcel); y Juan José Lucas (54.000 euros de multa).
Además, el Supremo condena a los empresarios José Luis Núñez Clemente y a su hijo José Luis Núñez Navarro a 2 años y dos meses de prisión; Salvador Sánchez Guiu (2 años y dos meses); Juan Antonio Sánchez Carreté (dos meses de arresto); Eduardo Bueno (1 año y ocho meses de prisión y dos años de suspensión para empleo o cargo público); Francisco Colomar (1 año y ocho meses de cárcel y dos años de suspensión para empleo o cargo público); y Mayra Mas (24.000 euros de multa).

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