El supremo rechaza la demanda de pepe navarro contra ‘hola’ por insinuar que era el padre del hijo de ivonne reyes


La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha rechazado definitivamente la demanda interpuesta por el presentador de televisión Pepe Navarro y en la que pedía que se condenase a la revista ‘Hola’ a indemnizarle con 60.000 euros por insinuar que era el padre del hijo de Ivonne Reyes.
Los hechos se remontan al 13 de agosto de 2008, cuando ‘Hola’ publicó una entrevista con Ivonne Reyes. Tras varias preguntas en relación con su hijo y el padre del mismo, la entrevista se cerraba con algunas especulaciones sobre la posible paternidad de Pepe Navarro. El presentador demandó a la revista al considerar que había vulnerado su derecho a la intimidad personal y familiar y solicitó que se condenase a ‘Hola’ a indemnizarle con 60.000 euros.
Los magistrados de la Sala de lo Civil del Alto Tribunal, presididos por Francisco Marín Castán, han concluido que, en este caso, debe prevalecer el derecho a la información frente al derecho a la intimidad.
El Alto Tribunal ha llegado a esta conclusión a pesar de entender que el contenido de la entrevista a Ivonne Reyes tenía una “débil” relevancia pública y que se circunscribió “a aspectos de la vida personal y sentimental” del presentador de televisión.
Pero los magistrados, a pesar de estas consideraciones, señalan en la sentencia hecha pública hoy que la información de ‘Hola’ “no afectó el ámbito privado o reservado” de Pepe Navarro ya que la revista se limitó a hacerse “eco de la relación sentimental que habían mantenido y que era de público conocimiento y se limitó a preguntar a la señora Reyes sobre el rumor que circulaba acerca de la paternidad de su hijo, pero sin que en ningún momento divulgara información alguna que revelara aspectos de la vida íntima o familiar del demandante”.
El Supremo, por lo tanto, ha decidido confirmar las sentencias desestimatorias dictadas en primera y segunda instancia.

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