El supremo reitera que no investigará a dívar por sus viajes


La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado su decisión de no abrir una investigación contra el expresidente de la institución Carlos Dívar por los 32 viajes que realizó a Marbella (Málaga) y a otros puntos de le geografía española por valor de cerca de 28.000 euros y que cargó a las cuentas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Los magistrados de la Sala de lo Penal, reunidos en pleno y presididos por Juan Saavedra, han confirmado la inadmisión de la querella interpuesta contra Dívar, decretada el pasado 13 de junio. Esta decisión ha sido adoptada por 11 votos contra cuatro, según se recoge en el auto notificado hoy.
“La querella presentada no ofrecía elemento o principio de prueba alguno que avalara razonablemente la comisión del hecho delictivo descrito en ella”, argumentan los magistrados del Alto Tribunal para desestimar el recurso de súplica.
Los cuatro magistrados que se han pronunciado a favor de admitir el recurso -José Manuel Maza, Perfecto Andrés Ibáñez, Joaquín Giménez y Alberto Jorge Barreiro- son los mismos que se inclinaron por investigar a Dívar el pasado 13 de junio. Han emitido un voto particular discrepante.
MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS
La querella cuya inadmisión ha sido confirmada acusaba al expresidente del Supremo de delitos de estafa, apropiación indebida y malversación de caudales públicos. Dívar dimitió de su cargo el pasado 21 de junio.
Además de los viajes a Marbella, la querella, interpuesta por la asociación Preeminencia del Derecho, recogía otros 12 desplazamientos a destinos como Bilbao, Santiago de Compostela, Barcelona o Palma de Mallorca, realizados en fines de semana entre el octubre de 2008 y julio de 2011.
En el auto notificado hoy, la Sala de lo Penal del Supremo señala que no hubo falta de imparcialidad a la hora de inadmitir la querella contra Dívar. “Precisamente porque nos hallamos ante meras sospechas y no indicios no procede admitir la querella”, indica la resolución.
Sobre los votos particulares, los magistrados del Alto Tribunal sostienen que solo muestran “la respetuosa disensión de algunos de los magistrados de la Sala respecto a la decisión mayoritaria” pero “no significa que dicha resolución evaluara parcialmente los hechos”.

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