El Supremo revisa la condena a 25 años impuesta al etarra Zigor Bravo

  • El Supremo revisará el próximo miércoles la condena a 25 años de cárcel impuesta al etarra Zigor Bravo por el asesinato del funcionario Máximo Casado, una sentencia que la Audiencia Nacional hubo de repetir después de que el Tribunal Constitucional se lo ordenara al aceptar un recurso del reo.

Madrid, 30 sep.- El Supremo revisará el próximo miércoles la condena a 25 años de cárcel impuesta al etarra Zigor Bravo por el asesinato del funcionario Máximo Casado, una sentencia que la Audiencia Nacional hubo de repetir después de que el Tribunal Constitucional se lo ordenara al aceptar un recurso del reo.

El etarra Bravo Sáez de Urabain, que formaba parte de los comandos de información de ETA, relató a miembros de la banda terrorista que el vecino de sus padres en un edificio de Vitoria, Máximo Casado, era funcionario de prisiones, lo que llevó a que la banda hiciera estallar una bomba lapa en su coche y le matara el 22 de octubre de 2000.

Por esos hechos fue juzgado y condenado Bravo y también otro etarra, Juan Carlos Subijana. El fallo consideraba probado que Subijana Izquierdo y Bravo -para quienes el fiscal solicitaba 40 años de cárcel- integraban en el año 2000 uno de los denominados "comandos de información" de ETA.

Tanto la sección primera de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo dieron validez como pruebas a las declaraciones prestadas por Subijana en dependencias policiales y al material que fue incautado en el domicilio de ambos etarras.

Sin embargo, los reos acudieron al Tribunal Constitucional (TC), cuyo pleno ordenó a la Audiencia Nacional repetir la sentencia en relación con Bravo, al estimar parcialmente el recurso del etarra.

El TC consideró que Zigor Bravo tenía razón al considerar que se había lesionado su derecho a un proceso con todas las garantías al aceptarse como prueba de cargo la declaración en dependencias policiales de Subijana, quien luego no la ratificó en sede judicial.

De ese modo, la Audiencia Nacional debía dictar la nueva sentencia "valorando de nuevo las pruebas y excluyendo las que se consideran lesivas del derecho fundamental a un proceso con todas las garantías, esto es, las declaraciones ante la policía no ratificadas en sede judicial".

Esa es la sentencia, cuya pena ha sido rebajada de 28 a 25 años de cárcel, que ahora revisará el Supremo en vista pública en función del nuevo recurso de los condenados.

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